BOLETIN OFICIAL Nº 44 – 14/04/2025

DECRETO Nº 2787-HF/2025.-

EXPTE. Nº 500-39/2025.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 MAR. 2025.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Fíjense, a partir del 1º de marzo de 2025, como único importe para el pago de la Asignación Familiar Por Hijo y Asignación por Escolaridad, los montos que se detallan a continuación:

  • Asignación Familiar Por Hijo: pesos veintidós mil doscientos setenta y cinco ($ 22.275).
  • Asignación Familiar Por Hijo con capacidades diferentes: pesos ochenta y nueve mil cien ($ 89.100).
  • Asignación por Escolaridad Hijo: pesos un mil cuatrocientos sesenta y cuatro ($ 1.464).
  • Asignación por Escolaridad – Hijo con capacidades diferentes: pesos dos mil novecientos veintiocho ($ 2.928).

 

ARTICULO 2º.- La erogación establecida en el presente ordenamiento se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-

ARTICULO 3º.- Encomiéndense a la Dirección Provincial de Personal las gestiones que -en la materia que resulte de su competencia- fueran menester realizar ante los organismos provinciales y nacionales, para el cumplimiento de lo dispuesto en este acto.-

ARTICULO 4º.- Invítese a los Municipios a adherir a las disposiciones del presente Decreto.-

ARTICULO 5º.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Contaduría de la Provincia y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR