BOLETÍN OFICIAL Nº 58 – 29/05/15

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE LIBERTAD GENERAL SAN MARTIN

DECRETO MUNICIPAL Nº 038221/ 2015.

LIB. GRAL. SAN MARTIN, 26 FEB. 2015.

EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Hacer lugar a lo solicitado por parte del Sr. Juan Rafael Salto, DNI Nº 22.043.941; y en consecuencia otorgar en concesión una licencia y/u oblea para la explotación del servicio de remis, la que ha de tener la numeración nº 075 (En razón de encontrarse vacante dicha oblea al haberse dispuesto la rescisión del contrato de concesión antes existente respecto de dicha oblea, por incumplimientos a cargo del concesionario-Ver constancias del expte. nº 641 letra S Año 2015 según decreto municipal nº 038205 / 2015 de fecha 24 de febrero de 2015);

ARTICULO 2º.- La referida concesión de la oblea nº 075 estará condicionada al cumplimiento, de los requisitos detallados en los artículos siguientes.

ARTICULO 3º.- Con carácter previo al otorgamiento de dicha licencia y/u oblea a favor del Sr. Juan Rafael Salto, DNI Nº 22.043.941, el interesado deberá acreditar que ha cumplimentado con: 2.1) El pago en efectivo y/o en cuotas del importe correspondiente al canon por concesión de nueva oblea y/o licencia de remis, -según el monto que determine la Dirección Municipal de rentas de acuerdo a la Ordenanza Tributaria respectiva-adjuntado el comprobante respectivo por ante este organismo; 2.2) La obligación de inscribirse  y/o acompañe comprobante de que se encuentra inscripta por ante una Agencia y/o Cooperativa de remises, habilitada a funcionar como tal dentro del ejido urbano de la ciudad de Lib. Gral. San Martin; 2.3) Cumpla con las exigencias técnicas y de seguridad, que exija la autoridad de aplicación (léase Juzgado Municipal de Faltas, y/o Director de Transito y Transporte) respecto del vehículo que se ha de emplear para dicho servicio; en especial la realización de la revisión técnica vehicular obligatoria y adjuntar el comprobante respectivo; 2.4) Acredite la realización de la encuesta socio ambiental por ante la Dirección de Desarrollo Social del Municipio de Lib. Gral. San Martin;

ARTICULO.- Otorgar la Licencia y/u oblea nº 075, a favor de la peticionante, BAJO CONDICION RESOLUTORIA, para que en el termino de 30 días de que se le otorgue la referida oblea, DE CUMPLIMIENTO ACABADO, de las disposiciones previstas por la resolución nº 3491/2013 emitida por la AFIP. Esto es acompañe comprobante de que se ha inscripto por ante la AFIP, como monotributista social.

ARTICULO 5º.- Notifíquese a la Dirección Municipal de Rentas, al Juzgado de Faltas Municipal, y al Director de Transito y Transporte Municipal a los efectos antes referidos.

ARTICULO 6º.- De forma. Archívese, y publíquese.

 

Dr. Ramón Jorge Ale

Intendente

29 MAY. LIQ. Nº 121180 $35,00.-