BOLETIN OFICIAL Nº 41 – 07/04/2025
El Dr/a. juez/a en Juzgado de Primera Instancia Nº 4 – Secretaría 7, en el expediente C-245937/2024, caratulado: “EJECUTIVO: CALDERON, DANIEL FELICIANO c/ CABANA, MARCOS RENATO”, notifica a CABANA MARCOS RENATO, DNI 32.876.930, domiciliado en Av. Bolivia Nº2571, de la providencia que a continuación se transcribe: “San Salvador de Jujuy, 04 de junio de 2024.-1.- Proveyendo el escrito digital Nº 1251579 agréguese y téngase presente los aportes de ley por parte del Dr. Montaño, Bruno Gastón.- 2.- De conformidad a lo previsto por los arts. 472 y 478 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del Sr. CABANA MARCOS RENATO DNI. Nº 32.876.930 con domicilio en calle Tambo Nuevo N°2.491, Barrio Los Huaicos., San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy hasta cubrir la suma de PESOS $223.000 en concepto de capital y con más la suma de PESOS $55.750 presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio.- En defecto de pago trábese embargo sobre bienes muebles del demandado hasta cubrir ambas sumas, debiéndose designar depositario judicial de los mismos al propio demandado y en caso de y negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto nombre y domicilio del o de los acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de CINCO (5) DÍAS, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Nº 7, bajo apercibimiento de mandar llevar la ejecución.- 3.- Córrase traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de la ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza (Arts. 52 y 154 del C.P.C.) haciéndole saber que los días de notificación en Secretaría del Juzgado son los martes o jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- 7.- Para el cumplimiento de lo ordenado, comisionase al SR. OFICIAL DE JUSTICIA, con las facultades de allanar y hacer usos de la fuerza pública si fuere necesario.- 8.-Notifíquese, art. 154 del C.P.C.- Firmado por Cabana, Ricardo Sebastian – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. Firmado por Soaje, Camilo José – Secretario de Primera Instancia” Firmado por Soaje, Camilo José – Secretario de Primera Instancia”.-
07 ABR. LIQ. Nº 39373 $1.600,00.-