BOLETIN OFICIAL Nº 39 E. E. – 03/04/2025
RESOLUCION Nº 309-PG/2025.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 MAR. 2025.-
EL PROCURADOR GENERAL
RESUELVE:
Artículo 1º.- Créase el “Registro de Proveedores del Ministerio Público de la Acusación”, como instrumento administrativo destinado a sistematizar, gestionar y evaluar a proveedores habilitados para contratar con este organismo, que funcionará bajo la órbita de la Administración General.-
Artículo 2º.- El Registro contendrá al menos la siguiente información respecto de cada proveedor:
- Razón social o nombre completo.
- CUIT.
- Domicilio comercial.
- Datos de contacto (teléfono, correo electrónico, representante legal).
- Rubros específicos o especialidades en las que se encuentra inscripto.
- Histórico detallado de contrataciones realizadas, indicando número de expediente administrativo, modalidad utilizada, fecha y monto adjudicado.
- Historial de montos ofertados cuando se trate de bienes.
- Evaluación del nivel de cumplimiento de obligaciones contractuales (plazos, calidad, documentación requerida, condiciones técnicas y administrativas pactadas).
Artículo 3º.- La Administración General deberá registrar inmediatamente toda contratación realizada, especificando el proveedor adjudicado, el monto de la adjudicación, la modalidad utilizada y la evaluación integral del cumplimiento del contrato.-
Artículo 4º.- La inscripción en el registro tendrá una vigencia de dos años, debiendo renovarse dentro de los treinta (30) días previos a su vencimiento, previa presentación y aprobación de la documentación exigida por la Administración General.-
Artículo 5º.- Constituyen causales de exclusión o suspensión del Registro, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas o legales que correspondan, las siguientes:
- El incumplimiento reiterado o grave de las obligaciones contractuales asumidas con el Ministerio Público de la Acusación.
- La presentación de documentación falsa, adulterada o inexacta para lograr la inscripción o contratación.
- El reiterado incumplimiento en los plazos, condiciones técnicas, administrativas o comerciales pactadas.
- Encontrarse el proveedor incurso en procedimientos administrativos o judiciales por incumplimiento contractual, fraude o delitos contra la Administración Pública.
Artículo 6º.- La Administración General elaborará informes semestrales sobre desempeño, cumplimiento y satisfacción general
respecto de los proveedores registrados que hayan participado en contrataciones.-
Artículo 7º.- Se dará preferencia en la invitación a participar en las contrataciones a los proveedores inscriptos en este registro.-
Artículo 8º.- Ordenar a la Secretaría de Informática que junto con la Administración General diseñe e implemente un sistema digital que de soporte al Registro creado.-
Artículo 9°: Regístrese, notifíquese y publíquese la presente resolución en forma sintética en el boletín oficial por un día.-
Sergio Enrique Lello Sanchez
Procurador General