BOLETIN OFICIAL Nº 36 – 28/03/2025
DECRETO Nº 2836-JG/2025.-
EXPTE. Nº 200-361/2024.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 MAR. 2025.-
VISTO:
El proyecto “CONCIENCIA ANIMAL” presentado por Asociaciones, Fundaciones, Rescatistas Independientes, Veterinarias y distintos actores de la sociedad, y que cuenta con la adhesión del Circulo Veterinario de la Provincia, quienes realizan ingentes esfuerzos en el cuidado, dedicación, empatía y respeto hacia los animales de compañía, por su condición de seres sintientes, y;
CONSIDERANDO:
Que, el referido Proyecto tiene como premisa la implementación de vacunaciones antirrábicas y castraciones masivas gratuitas de felinos y caninos, con el fin de mejorar el estado sanitario y bienestar de los mismos y de la comunidad en general, por lo que resulta propicio el dictado del presente Decreto que refleja la articulación de estas premisas con la preservación de la salud pública y la diversidad biológica.-
Que, debido a la alta tasa de reproducción descontrolada de la población animal callejera y/o bajo el cuidado de tutores irresponsables, el Gobierno Provincial ha decidido abordar esta problemática como una cuestión prioritaria de salubridad pública. La proliferación excesiva de animales en el entorno urbano no solo genera condiciones insalubres, sino que también aumenta el riesgo de transmisión de enfermedades zoonóticas, como la rabia, entre otras, poniendo en peligro la salud de la ciudadanía.-
Asimismo, es conveniente que desde las instituciones educativas de todos los niveles, se realicen campañas de concientización referentes al cuidado responsable y sanidad de caninos y felinos;
Que, la ejecución del Proyecto “Conciencia Anima!” requiere la colaboración activa y el compromiso del Gobierno Provincial y de los Municipios y Comunas Municipales con la finalidad de organizar las campañas de castración y vacunación antirrábica en forma estratégica, temprana, masiva, sistemática, extendidas en el tiempo, abarcativas y gratuitas para los destinatarios del presente proyecto;
Que, en concordancia con los principios dispuestos en el Artículo 71 de la Constitución Provincial, la Ley N° 6.293, faculta al Poder Ejecutivo a colaborar y participar en el control de la población canina y felina con los municipios, por lo que los ordenes municipales de la provincia, podrán adherir al presente programa.-
Por ello, en marco de las facultades conferidas por el articulo 71º de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese el Proyecto “CONCIENCIA ANIMAL” que como Anexo Único forma parte del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- Déjese establecido que la Dirección Provincial de Relaciones Institucionales dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción será el organismo encargado de llevar adelante todas las acciones necesarias de gestión, administración y suscripción de convenios en el marco del Proyecto “Conciencia Animal”, pudiendo coordinar con los Ministerios del Poder Ejecutivo, Municipios, Comunas Municipales, Veterinarias y les diferentes Actores Sociales la realización de campañas de castración y vacunación antirrábica.-
ARTÍCULO 3°.- Déjese establecido que los Ministerios de Desarrollo Económico y Producción, Hacienda y Finanzas, Seguridad, Salud y Educación participarán activamente del presente proyecto dentro del marco de su competencia.-
ARTÍCULO 4°.- Dispóngase que por la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto se implementará la realización de campañas masivas de difusión del Proyecto “CONCIENCIA ANIMAL”, a través de spots radiales, televisivos y en la ejecución de cualquier otro tipo de acción tendiente a la información y concientización de la ciudadanía respecto de los objetivos del referido Proyecto.-
ARTÍCULO 5°.- Facúltese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a la creación, modificación y transferencia de partidas que resulten necesarias para afrontar la erogación que derive de la implementación del Proyecto “Conciencia Animal”.-
ARTÍCULO 6°.- Lo dispuesto rige a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2026, pudiendo ser prorrogado por idéntico periodo, conforme los resultados obtenidos en el Programa.-
ARTÍCULO 7°.- Invítese a los Municipios y Comunas a adherir al presente programa.-
ARTÍCULO 8°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Jefe de Gabinete. Hacienda y Finanzas, Desarrollo Económico y Producción, Salud, Educación y Seguridad.-
ARTÍCULO 9°.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga a los Ministerios de Hacienda y Finanzas, de Desarrollo Económico y Producción, Salud, Educación y Seguridad. Cumplido, vuelva a la Jefatura de Gabinete a sus efectos.‑
C.P. N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR
ANEXO UNICO
PROYECTO “CONCIENCIA ANIMAL”
El Proyecto “Conciencia Animal” tiene como objetivo principal la realización de castraciones y vacunaciones antirrábicas masivas y gratuitas para los destinatarios del presente, en todo el territorio de la Provincia de Jujuy, las cuales, se realizarán:
. En el Centro de Castraciones Ana Ríos, ubicado en los predios del Hogar San Roque. Los días para realizar las intervenciones y vacunaciones antirrábicas mencionadas, serán martes, jueves, sábado, domingo y feriados de 9:00 a 19:00 horas, según la demanda, la disponibilidad presupuestaria y de veterinarios, la cual se coordinará directamente con dicho centro como también la cantidad de Intervenciones por día, las mismas tendrán un costo total de $ 20.000 (veinte mil peso:), $ 15.000 (quince mil pesos) la castración y $ 5.000 (cinco mil pesos) la vacunación antirrábica, el que será reconocido por el Gobierno Provincial.-
. En las Veterinarias Privadas de la Provincia de Jujuy que se adhieran al presente proyecto, y acepten realizar en sus instalaciones castraciones a un costo de pesos veinte mil ($ 20.000,00) por cirugía.-
El Proyecto “CONCIENCIA ANIMAL”, será viable únicamente para caninos y felinos en las siguientes situaciones:
. Tutores de bajos recursos.
. Rescatistas independientes.
. Fundaciones.
. Asociaciones
. Proteccionistas independientes
. Centro de Participación Vecinal (C.P.V.)
. Centro Integrador Comunitario, (CIC).
. Centros Vecinales
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR