BOLETIN OFICIAL Nº 31 – 17/03/2025

ACTA NÚMERO 46. En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 05 días del mes de junio de 2024, siendo las 18 horas, se reúnen los socios de la firma RUVIRA S.R.L., señores: Antonella Karina Alejandra SORIA, DNI 37.105.848, titular de 900/1000 cuotas sociales.- Julieta Norma Luciana PEÑALOZA REYNAGA, DNI 37.644.702, titular de 100/1000 cuotas sociales.- Ambas socias conforman el 100% del capital social, mayores de edad, hábiles para este acto, con domicilio en los declarados en el Contrato de Cesión de Cuotas Sociales de fecha 3/6/2024. Abierto el acto, se trataron los siguientes puntos del orden del día: 1. Designación de Socio Gerente. En este mismo acto, y en virtud de la modificación del objeto social, los socios ratifican la designación de la señora Antonella Karina Alejandra SORIA como SOCIA GERENTE de la firma RUVIRA S.R.L., con las facultades de dirección, administración y representación de la sociedad, y uso de la firma social, todo ello de conformidad con el estatuto constitutivo y la cláusula DÉCIMO SEGUNDA del Contrato de Cesión de Cuotas Sociales de fecha 3/6/2024.- La señora Antonella Karina Alejandra SORIA, presente en este acto, acepta el cargo para el que fue designada, manifestando que no se encuentra incursa en ninguna inhabilidad o incompatibilidad legal para su desempeño. 2. Facultades del Socio Gerente. Se deja constancia que la SOCIA GERENTE designada tendrá todas las facultades de administración y disposición que le confiere el Contrato Social y la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550, para el cumplimiento del objeto social de la empresa. 3. Declaración de Sede Social y Correo Electrónico. En este acto, la señora Antonella Karina Alejandra SORIA, en su carácter de SOCIA GERENTE de la sociedad, declara que la sede social de la empresa en donde funcionara el centro principal de negocios de la empresa se establece en calle Los Ceibos N° 183, Palpalá, Jujuy y que el correo electrónico de la sociedad será ruvirasrl.a.soria@gmail.com, en un todo de acuerdo con lo previsto en la Cláusula Décimo Quinta del Contrato de Cesión de Cuotas Sociales de fecha 3/6/2024. 4. Modificación del Objeto Social. En uso de la palabra, los socios manifiestan que, en virtud de la cesión de cuotas sociales operada en fecha 3/6/2024, según Contrato de Cesión de Cuotas Sociales, han adquirido el 100% del capital social de la firma RUVIRA S.R.L. En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en la Ley de Sociedades N° 19.550 y la cláusula TERCERA del Contrato Constitutivo de la sociedad, resolviendo por unanimidad modificar el Objeto Social de la sociedad, el que quedará redactado de la siguiente manera: “CLAUSULA TERCERA: Del Objeto Social. La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, dentro o fuera del país, así como empresas y/o inversores de otros países, las siguientes actividades: A) COMERCIALES: Mediante la prestación, contratación y/o subcontratación de todos los servicios de hotelería, así como toda la actividad relacionada con la compra, venta, franchising, importación, exportación, representación, comisión, consignación, fraccionamiento y/o distribución de materias primas, productos, subproductos y mercaderías que reciba, fabrique o produzca; y máquinas, equipos, sus accesorios y repuestos; la capacitación general en hotelería y gastronomía, y la organización y coordinación de patentes de inversión y marcas nacionales y extranjeras: proyectos y modelos de índole industrial, así como la explotación de ferias, exposiciones, convenciones y reuniones que hagan al objeto social; tecnología y su negociación, en el país o fuera de él. B) GASTRONÓMICA: Prestación de servicios destinados a la alimentación, servicios de lunch, atención de servicios de comedores y refrigerios en reparticiones o instituciones públicas o privadas, nacionales, provinciales o municipales, restaurantes, confiterías, hoteles, elaboración, compra, venta, abastecimiento, distribución, importación, exportación, comercialización y explotación de productos alimenticios, minorista y mayorista, en locales comerciales, puestos en ferias o galerías, usinas lácteas, frigoríficos y plantas faenadoras de todo tipo de productos alimenticios, incluido ganado, aves y frutos del mar, aprovechamiento integral de los productos y subproductos de la carne faenada, troceo de carnes y elaboración de todo tipo de chacinados, como asimismo los derivados de todos ello. C) INDUSTRIALES: Mediante la actividad relacionada con el procesamiento de productos naturales, la industria alimenticia y las industrias complementarias de la construcción, maquinarias y equipos, así como toda la actividad relacionada a la explotación gastronómica en general. Servicios de ingeniería, seguridad e higiene. D) TURÍSTICA: Mediante el desarrollo de toda la actividad relacionada directa o indirectamente con todo el turismo en general, tanto en el orden interno como en el orden internacional. E) LIMPIEZA: Mediante la prestación, contratación y/o subcontratación de todos los servicios de limpieza y mantenimiento de inmuebles en general. Servicios de jardinería y mantenimiento de espacios verdes. Limpieza de obra y limpieza de finalización de obra. F) FINANCIERAS: La realización de operaciones de afianzamiento financiero, comercial o de otro tipo, otorgamiento de avales, fianzas y/u otras garantías, reales o no, exclusivamente en relación a las actividades aprobadas por el objeto; con excepción de las operaciones comprendidas en la Ley de entidades financieras, y toda otra que requiera el concurso público. G) CONSTRUCTORA: La construcción, planeación, desarrollo, supervisión, administración, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de obras de arquitectura e ingeniería. Construcciones de obras vinculadas con la ingeniería civil consistentes en fabricación y montaje de estructuras metálicas y modulares, campamentos mineros y/o construcciones semipermanentes. Prestación de servicios profesionales especializados para actividad minera. Representación de empresas nacionales y/o extranjeras, importar, exportar, vender, comparar, fabricar, distribuir y comercializar toda clase de bienes relacionados al objeto social.” 5. En este acto, los socios autorizan al Dr. Juan Ignacio Mónaco, D.N.I. 25.954.563, Matrícula Profesional N° 1836, para que pueda realizar todos los trámites y diligencias necesarias para lograr la inscripción de la presente modificación del Objeto Social y la designación de la Socia Gerente en la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, y su pertinente publicación en el Boletín Oficial, con las facultades necesarias para aceptar las modificaciones que indique la Dirección Provincial, firmando documentos públicos y privados que fueren necesarios, acompañar y desglosar documentación; interponer todos los recursos que las leyes procesales y de sociedades comerciales prevén, firmando escritos, títulos y documentos de toda clase y que sean necesarios para tal fin, y para que realice todos los demás actos, gestiones y diligencias que fueren necesarios para el mejor desempeño de este mandato conforme con la Ley 19.550. No habiendo otros asuntos que tratar, se levanta la sesión, previa lectura y aprobación de la presente acta, que firman los socios en conformidad.- ESC. PABLO ALFREDO BENITEZ- ADS. REG. Nº 2- S. S. DE JUJUY.-

 

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY 

FISCALÍA DE ESTADO 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES 

RESOLUCION Nº 169-DPSC-2025.-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-090-2025.-

San Salvador de Jujuy, 07 de marzo de 2025.-

VISTO

Las actuaciones de referencia en las que el Dr. Juan Ignacio Mónaco en carácter de persona autorizada solicita, la INSCRIPCION DE CESION DE CUOTAS SOCIALES, CAMBIO DE SEDE SOCIAL Y MODIFICACION DEL OBJETO DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “RUVIRA S.R.L.”, y

CONSIDERANDO:

Que, para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por la Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran cumplimentados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos. –

Por ello;

EL DIRECTOR DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL

REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE:

ARTICULO 1°: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día del: a) CONTRATO DE CESION ONEROSA DE CUOTAS SOCIALES DE “RUVIRA S.R.L.” de fecha 03 de junio del 2025 copia obrante a fs. 02/04 de autos; b) ACTA Nº 5 de fecha 20 de mayo del 2024 copia certificada a fs. 05; c) ACTA Nº 46 de fecha 05 de junio del 2024 copia certificada a fs. 07/10 – diligencias a cargo del Dr. Juan Ignacio Mónaco o persona debidamente autorizada.

ARTICULO 2°: Agregar copias en autos, notificar a las partes y registrar. –

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

17 MAR. LIQ. Nº 39102 $2.900,00.-