BOLETIN OFICIAL Nº 31 – 17/03/2025
CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO.-
ORDENANZA Nº 1.832/2.024.-
REF.: “MODIFICATORIA DEL ARTÍCULO 36º, DE LA TRIBUTARIA IMPOSITIVA 2024”. EXPTE. Nº 11.900INIC. POR CJAL ENRIQUE ROJAS.
VISTO:
La necesidad de tener un mayor control por parte del Ejecutivo Municipal (Dirección de Tránsito), de las entradas y salidas de los colectivos que realizan viajes de compras, que ingresan a nuestra Ciudad.
El deterioro que provocan en las Avenidas, los colectivos que llevan y traen pasajeros a nuestra Localidad, generando daños y un aumento de los gastos para la reparación de las mismas.
La Tributaria Impositiva 2024, de Ciudad Perico, Y;
CONSIDERANDO
Que, es indispensable controlar y supervisar las zonas autorizadas por el Poder Ejecutivo, donde los colectivos o traffics, realizan el arribo y partida de pasajeros, los cuales realizan sus compras en otra Provincias.
Que, ante el aumento del boleto realizados por las unidades, la Carta Orgánica expresa, que el Concejo Deliberante, tiene facultades para modificar o legislar sobre materia Tributaria, contribuyendo y favoreciendo siempre por el bien de la Ciudad, por lo tanto, es importante cubrir los ingresos para subsanar los gastos, destinados para el arreglo de Avenidas y/o Calles, por donde los mismos realizan su recorrido y los alrededores.
Por todo ello;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO
ORDENA:
ARTÍCULO 1°: MODIFÍQUESE, “El Artículo 36º de la Tributaria Impositiva 2024, Titulo VII: ESPACIO DEL DOMINIO PÚBLICO, Capítulo I: CANON POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO”.
El cual quedara redactado de la siguiente forma: “Artículo 36º: Por la ocupación del Espacio de Dominio Público de vehículos de transporte de pasajeros (colectivos, traffics, tours de compras y viajes especiales) para ascenso y descenso, en zonas autorizadas por el Ejecutivo Municipal, abonaran en forma diaria pesos $50.000 (pesos cincuenta mil).
ARTÍCULO 2°: OBJETIVO, la presente Ordenanza tiene como objetivo fundamental el control, supervisión y el cobro por la ocupación del espacio público.
ARTÍCULO 3º: Dicha modificación, será incorporada a la OrdenanzaTributaria Municipal 2024.
ARTÍCULO 4º: ELÉVESE, al Departamento Ejecutivo Municipal,Secretaria de Hacienda, Dirección de Tránsito ya la Secretaria de Gobierno sus efectos, dese a conocer, a través de los medios de comunicación. Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido. ARCHÍVESE.-
SALA DE SESIONES, 04 DE DICIEMBRE DE 2.024
CPN Cristian Valdiviezo
Presidente