BOLETIN OFICIAL Nº 31 – 17/03/2025

CONCEJO DELIBERANTE DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPTE.  N°  211-X-2025.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 8123/2025.-

ARTICULO 1º.- Adhiérase    la  Municipalidad  de  San   Salvador   de  Jujuy  a  las disposiciones del Decreto Acuerdo Nº 2781-JG/2025, dictado por el Gobierno de la Provincia de Jujuy, por el cual se declara el “Estado de Emergencia Hídrica” en todo el territorio provincial hasta 31 de marzo de 2026 o hasta tanto subsistan las causas excepcionales que le dieron origen.-

ARTICULO 2º.- Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a:

  1. Adoptar las medidas necesarias en el marco de la Emergencia Hídrica, en coordinación con los organismos   provinciales  y  nacionales  competentes,  con el objeto de mitigar los efectos de  las lluvias, recuperar las infraestructuras  afectadas  y  garantizar la prestación de servicios esenciales.
  2. Gestionar ante los organismos provinciales y nacionales los recursos necesarios para la ejecución de obras de infraestructura hídrica, pluvial y de saneamiento en la Ciudad, en el marco de la emergencia declarada.-

 

ARTICULO 3º.- El   Municipio   podrá establecer medidas especiales para asistir a los sectores más afectados por la emergencia hídrica, priorizando acciones de asistencia social, rehabilitación de infraestructura y reactivación de la actividad económica local .-

ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido, archívese.-

 

SALA DE SESIONES, jueves 13 de marzo de 2025.-

 

Dr. Jorge Lisandro Aguiar

Presidente