BOLETIN OFICIAL Nº 31 – 17/03/2025
CONCEJO DELIBERANTE DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
EXPTE. N° 211-X-2025.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 8123/2025.-
ARTICULO 1º.- Adhiérase la Municipalidad de San Salvador de Jujuy a las disposiciones del Decreto Acuerdo Nº 2781-JG/2025, dictado por el Gobierno de la Provincia de Jujuy, por el cual se declara el “Estado de Emergencia Hídrica” en todo el territorio provincial hasta 31 de marzo de 2026 o hasta tanto subsistan las causas excepcionales que le dieron origen.-
ARTICULO 2º.- Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a:
- Adoptar las medidas necesarias en el marco de la Emergencia Hídrica, en coordinación con los organismos provinciales y nacionales competentes, con el objeto de mitigar los efectos de las lluvias, recuperar las infraestructuras afectadas y garantizar la prestación de servicios esenciales.
- Gestionar ante los organismos provinciales y nacionales los recursos necesarios para la ejecución de obras de infraestructura hídrica, pluvial y de saneamiento en la Ciudad, en el marco de la emergencia declarada.-
ARTICULO 3º.- El Municipio podrá establecer medidas especiales para asistir a los sectores más afectados por la emergencia hídrica, priorizando acciones de asistencia social, rehabilitación de infraestructura y reactivación de la actividad económica local .-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido, archívese.-
SALA DE SESIONES, jueves 13 de marzo de 2025.-
Dr. Jorge Lisandro Aguiar
Presidente