BOLETIN OFICIAL Nº 29 – 12/03/2025
MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN.-
DECRETO N° 0057.-
CIUDAD DE EL CARMEN, 12 FEB. 2025.-
VISTO:
La Ordenanza N° 960/CD/2024, referente a “Ordenanza Impositiva 2.025”
CONSIDERANDO:
Que lo dispuesto por la Ordenanza N° 960, se encuentra dentro de la competencia del Concejo Deliberante y que debe ser ordenado por medio del citado instrumento.-
Que conforme lo dispuesto por el Art. 157 inciso d) de la Ley Orgánica de Municipios N°4466, son atribuciones del Intendente Municipal promulgar las sanciones del Concejo Deliberante.
Por todo ello y en uso de las facultades que le son propias:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN
DECRETA:
ARTÍCULO 1: Modifíquese el articulo N° 114 de la Ordenanza N° 960/CD/2024 “Impositiva 2.025”. Tasa general: La tasa general de actuación administrativa.-
Libre deuda municipal | 2.000 UT |
Informe de Propiedad | 2.000 UT |
Constancia y Certificación | 2.000 UT |
Toda solicitud relacionada con propiedades, actividades desarrolladas a título oneroso, habilitaciones municipales, incluyendo las referidas a espectáculos públicos, propaganda y publicidad, culturales, deportivas, utilización u ocupación de espacios de la vía o dominio público, cementerios, vehículos automotores en general (altas, inscripciones, cambio de titularidad, bajas, etc), trámites relacionados con el archivo, solicitud de prescripción de deudas por cada inmueble o vehículo, por cada trámite | 4.000 UT |
Toda solicitud de modificaciones, transferencias, o cese de comercios | 3.500 UT |
Por constancia de numeración domiciliaria | 3.500 UT |
Solicitud de inscripciones de profesionales e instalaciones vinculas a la construcción, dirección técnica y/o proyectistas, maestros mayores de obras e instaladores en general | 4.000 UT |
Inscripción de titulares para el transporte, para el transporte alternativo de pasajeros, transportes escolares, taxi-flet, sus prórrogas y transferencias | 8.000 UT |
Trámite de instalación de toldos, marquesinas o letreros en general | 25.000 UT |
Por los recursos de reconsideración, apelación, y/u otros establecidos en la Ley de Procedimiento, Ordenanza Tributaria u otras ordenanzas especiales | 20.000 UT |
Por los descargos presentados ante el Ejecutivo Municipal, Juzgado de Faltas u otro organismo que lo represente | 10.000 UT |
Por la presentación de oficios de informes, embargos, cualquier otro trámite enunciado en la presente, abonarán | 1.000 UT |
Por la presentación de oficios del fuero penal, Defensoría de Pobres y Ausentes y los relacionados con alimentos | 1.000 UT |
Por solicitud de desarchivo de expedientes o actuaciones | 15.000 UT |
Carnet Vendedor Ambulante (por semestre) | 3.000 UT |
Carnet de feriante Minorista (por semestre). | 3.000 UT |
Carnet de feriante Mayorista (por semestre). | 8.000 UT |
Libre deuda y baja del automotor | 5.000 UT |
ARTÍCULO 2: Publíquese. Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante a sus efectos. Cumplido, Archívese. –
Lic. Víctor H. González
Intendente