BOLETIN OFICIAL Nº 25 – 28/02/2025
La Dra. Silvia Elena Yécora, Jueza de la Cámara en lo Civil y Comercial – Sala IV – Vocalía 11, en el expediente A 039997/2009, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: ROMERO, MARTHA c/ PAZ, LEANDRO y PAZ, LEANDRO ANDRONICO“, hace saber que se ha dictado la siguiente Resolución que a continuación se transcribe: “San Pedro de Jujuy, 18 de febrero de 2025.- I.- Proveyendo a lo manifestado en Escrito N° 1601036 (18/02/2025) por el Dr. Gustavo Gabriel Delgado, y atento a las constancias electrónicas de estos obrados, hágase efectivo el apercibimiento ordenado en el decreto de fecha 12/11/2024 y en consecuencia téngaseles por decaído el derecho a contestar demanda y declárese en rebeldía al señora Leandro Andrónico PAZ (hoy su sucesión) y los herederos, legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre su patrimonio, notificándose las posteriores resoluciones, de cualquier tipo y naturaleza que sean, por ministerio ley (art. 65 del Cód. Proc. Civil y Com.). II.- Notifíquese lo dispuesto en el punto precedente mediante la publicación de Edictos por UNO (01) DÍA en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy y en un diario de amplia circulación local, haciéndose saber al Dr. Delgado que la presentación para control y firma a través de la opción “colaborativas” del SIGJ y posterior impresión y diligenciamiento se encuentran a su cargo y/o de las personas que el mismo designe (art. 85 del Cód. Proc. Civil y Com.). III.- Atento a las constancias electrónicas de estos obrados, y a los fines de lograr una mayor celeridad procesal, asegurar el derecho de debida defensa en juicios de las partes, y dada las características del presente proceso, dese intervención a la Defensoría Civil de Ausentes que por turno corresponda intervenir. IV.- Notifíquese.- Fdo. Electrónicamente: Dra. Silvia Elena Yécora- Jueza- Ante Mí: Dr. Daniel Alejandro Corrado- Secretario.-”
28 FEB. LIQ. Nº 38947 $1.600,00.-