BOLETIN OFICIAL Nº 25 – 28/02/2025

La Dra. Silvia Elena Yécora, Jueza de la Cámara en lo  Civil y Comercial – Sala IV – Vocalía 11, en el expediente A 039997/2009, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de  Inmuebles: ROMERO, MARTHA c/ PAZ, LEANDRO y PAZ, LEANDRO  ANDRONICO“, hace saber que se ha dictado la siguiente  Resolución que a continuación se transcribe: “San Pedro de  Jujuy, 18 de febrero de 2025.- I.- Proveyendo a lo  manifestado en Escrito N° 1601036 (18/02/2025) por el Dr.  Gustavo Gabriel Delgado, y atento a las constancias  electrónicas de estos obrados, hágase efectivo el  apercibimiento ordenado en el decreto de fecha 12/11/2024 y  en consecuencia téngaseles por decaído el derecho a contestar  demanda y declárese en rebeldía al señora Leandro Andrónico  PAZ (hoy su sucesión) y los herederos, legatarios y/o  cualquier otra persona que se considere con derechos sobre su  patrimonio, notificándose las posteriores resoluciones, de  cualquier tipo y naturaleza que sean, por ministerio ley  (art. 65 del Cód. Proc. Civil y Com.). II.- Notifíquese lo  dispuesto en el punto precedente mediante la publicación de  Edictos por UNO (01) DÍA en el Boletín Oficial de la  Provincia de Jujuy y en un diario de amplia circulación  local, haciéndose saber al Dr. Delgado que la presentación  para control y firma a través de la opción “colaborativas”  del SIGJ y posterior impresión y diligenciamiento se  encuentran a su cargo y/o de las personas que el mismo  designe (art. 85 del Cód. Proc. Civil y Com.). III.- Atento a  las constancias electrónicas de estos obrados, y a los fines  de lograr una mayor celeridad procesal, asegurar el derecho  de debida defensa en juicios de las partes, y dada las  características del presente proceso, dese intervención a la  Defensoría Civil de Ausentes que por turno corresponda  intervenir. IV.- Notifíquese.- Fdo. Electrónicamente: Dra.  Silvia Elena Yécora- Jueza- Ante Mí: Dr. Daniel Alejandro Corrado- Secretario.-”

 

28 FEB. LIQ. Nº 38947 $1.600,00.-