BOLETIN OFICIAL Nº 21 – 19/02/2025
DECRETO N° 2593-S/2024.-
EXPTE. N° 780-226/2022.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 DIC. 2024.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
- DE O.: R6-01-11 Hospital Dr. Oscar Orias
SUPRIMASE
Categoría Nº de Cargos
13 (c-4) 1
23 (c-4) 1
Agrup. Tec.
Esc. General
Ley Nº 3161/74
Total 2
CREASE:
Categoría Nº de Cargos
15 (c-4) 2
Agrup. Tec.
Esc. General
Ley Nº 3161/74
Total 2
ARTÍCULO 2°.- Téngase por designada a la Sra. Ivana del Carmen Mamani Ferro, CUIL N° 27-27430948-8, por el cargo categoría 15 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161/74 de la U. de O. R6-01-11 Hospital Dr. Oscar Orlas, para cumplir funciones de Técnica Superior en Instrumentación Quirúrgica, a partir del 22 de agosto de 2023. –
ARTÍCULO 3°.- Téngase por designada a la Sra. Fernanda Erika Gisel Guitian, CUIL N° 27-37232444-4 el cargo categoría 15 (c-4) Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley le 3161/74 de la U. de O. R6-01-11 Hospital Dr. Oscar Orias, para cumplir funciones de Técnica Superior en Instrumentación Quirúrgica, a partir del 22 de agosto de 2023. –
ARTÍCULO 3°.- La erogación que demanda el cumplimiento del presente trámite, se atiende con las partidas previstas en los respectivos Presupuestos Generales de Gastos y Cálculo de Recursos, que a continuación se indican:
EJERCICIOS: 2023 – Ley N° 6325.-
La partida de Gastos en Personal, asignadas a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización: R6-01-11 Hospital Dr. Oscar Orias.-
En caso de que en Ejercicios Anteriores no hayan sido liquidadas y abonadas las designaciones interinas que se tratan, las mismas se atenderían con la siguiente partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos vigente:
EJERCICIOS ANTERIORES:
Deuda Pública Provincial “3-10-15-1-26-0 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.-
ARTÍCULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 6°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR