BOLETIN OFICIAL Nº 21 – 19/02/2025
DECRETO N° 2435-S/2024.-
EXPTE. N° 716-449/2021.-
Agdo. Expte. Nº 714-448/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 DIC. 2024.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2.024 Ley N° 6371, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
- de O.: 6-01-04 Hospital San Roque
SUPRIMASE
Categoría Nº de Cargos
E ( j-2) 2
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley Nº 4418
Profesionales 24 hs semanales 3
Ley Nº 5498
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley Nº 4418
Total 5
CREASE:
Categoría Nº de Cargos
A (j-2) 3
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley Nº 4418
A 2
Escalafón Profesional
Ley Nº 4418
Total 5
ARTÍCULO 2°.- Adecuase a la Bioquímica Nora Yanina Marcela Herrera, CUIL N° 27-26446813-8 en el cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, en la U. de O.: R 6-01-04 Hospital San Roque, a partir de la emisión del presente acto administrativo, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTÍCULO 3°.- Adecuase a la Bioquímica, Mariel Alejandra López, CUIL N° 2325954179-4 en el cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, en la U. de O.: R 6-01-04 Hospital San Roque, a partir de la emisión del presente acto administrativo, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que quedarán vacantes dos (2) cargos categoría A y un (1) cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, en la Unidad de Organización R6-01-04 Hospital San Roque, para posterior llamado a concurso, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 5°.- La erogación del presente trámite se atenderá de conformidad a las siguientes previsiones del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2024, Ley N’ 6371, que se indica a continuación:
EJERCICIO 2024:
Las partidas de Gastos en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R 6-01-04 Hospital San Roque.-
ARTÍCULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTÍCULO 7°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pasea la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR