BOLETIN OFICIAL Nº 19 – 14/02/2025
CESION DE CUOTAS SOCIALES SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL S.R.L.- Entre AGUEDA MAMANI, argentina, Documento Nacional de Identidad N° 25.883.930, CUIL/T 27-25883930-2, nacida el día 24 de Noviembre de 1976, quien manifiesta ser soltera y no encontrarse en unión convivencial, con domicilio real y fiscal en Calle S/N S/N°, Pastos Chicos, Departamento Susques, de esta Provincia, en adelante LA CEDENTE, por una parte, y CINTIA NOELIA SORIANO, argentina, Documento Nacional de Identidad N° 36.450.826, CUIL/T 27-36450826-9, nacida el día 06 de Noviembre de 1993, quien manifiesta ser soltera y no encontrase en unión convivencial, con domicilio real y fiscal en Calle S/N S/Nº, Olaroz Chico, Departamento Susques, de esta Provincia, HECTOR SEBASTIAN BARRIOS, argentino, Documento Nacional de Identidad N° 33.257.411, CUIL/T 20-33257411-7, nacido el día 20 de Junio de 1988, quien manifiesta ser soltero y no encontrase en unión convivencial, con domicilio real y fiscal en Calle San Cristobal S/N°, Pastos Chicos, Departamento Susques, de esta Provincia, y ENZO ADAN SORIANO, argentino, Documento Nacional de Identidad N° 34.788.445, CUIL/T 20-34788445-7, nacido el día 19 de Agosto de 1990, quien manifiesta ser soltero y no encontrase en unión convivencial, con domicilio real y fiscal en Avenida Carlos Snopek S/N°, Huancar, Departamento Susques, de esta Provincia en adelante LOS CESIONARIOS, por la otra parte; convienen en celebrar el presente contrato de cesión de cuotas sociales de SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL S.R.L, CUIT N° 30-71542700-8, en adelante LA SOCIEDAD, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones: Primera: LA CEDENTE, cede, vende y transfiere a LOS CESIONARIOS las 100 cuotas sociales que tiene y le corresponde de LA SOCIEDAD de la que son copropietarios, representativas del 25 % del capital social, de valor nominal de Pesos Quinientos ($500,00) cada una.- Segunda: LA CEDENTE declara que la presente cesión y venta incluye la totalidad de los derechos de suscripción y preferencia que correspondan a dichas cuotas partes, como así también cede todos los saldos pendientes acreedores o deudores de su cuenta particular y/o dividendos o beneficios no percibidos, en el supuesto que los hubiere o pudiere corresponderle por el corriente ejercicio y por los ejercicios anteriores, renunciando a todos sus derechos y declarando que no tiene reclamo alguno que formular.- Tercera: LA CEDENTE Y LOS CESIONARIOS, declaran que a través de los estados contables, comprobantes y documentación, incluyendo el respectivo contrato social, se encuentran plenamente en conocimiento de la situación patrimonial, económica y financiera de LA SOCIEDAD que aceptan y ratifican totalmente.- Cuarta: La presente cesión se realiza por el precio total y convenido de Pesos OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000), los que serán abonados en tres Cheques de Pagos Diferidos – Banco Macro de Pesos Doscientos Sesenta y Seis Mil Seiscientos Sesenta y Seis con Sesenta y Siete ctvs.,($ 266.666,67) cada uno pagaderos los días 23/04, 21/05 y 25/06 del presente año, los que llevan la siguiente numeración Series: B-92904266 , B-92904267 y B-92904268, declarando LA CEDENTE quedar totalmente desinteresada por esa suma una vez que perciba el importe total de lo acordado. Quinta: LA CEDENTE declara: a) que no está inhibida para disponer de sus bienes; b) que las cuotas partes cedidas se encuentran libres de embargos, gravámenes, inhibiciones u otras restricciones a la libre disposición. Sexta: Se deja expresa constancia que se autoriza al Dr. SAUL NELSON DAVID VAZQUEZ, Matricula Profesional N° 3102, para realizar todas las tramitaciones y diligencias necesarias hasta lograr la inscripción definitiva de la presente cesión ante el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, pudiendo elevar la misma a Escritura Pública, si así lo resolvieren LOS CESIONARIOS, quedando éstos facultados para proponer y/o aceptar las modificaciones o ampliaciones a la presente cesión en tanto no desvirtúen las condiciones de precio, plazos, modalidades y garantías asumidas en este contrato por ellos, y en fin, practicar cuantos más actos y gestiones considere sean conducentes al mejor desempeño de este mandato, que podrán sustituir.- Séptima: A raíz de esta cesión, el Capital Social queda integrado de la siguiente forma: Ciento Treinta y Tres con Treinta y Tres (133,33) cuotas sociales a cada uno de los socios CESIONARIOS representando para cada uno de ellos la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 66.666,66).- Octava: La presente cesión se realiza por aplicación del derecho de preferencia entre los socios, establecido en la Cláusula Séptima del Contrato Social.- En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 07 días del mes de Marzo de 2019.- ACT. NOT. Nº B 00475375- ESC. LUIS HORACIO VERDUN- ADS. REG. Nº 67- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-
RESOLUCION Nº 085-DPSC-2025- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-223-2022- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 30 de Enero de 2025.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
14 FEB. LIQ. Nº 38782 $3.700,00.-