BOLETÍN OFICIAL Nº 45 – 21/04/17
Dra. Alejandra María Luz Caballero, Presidente de trámite de la Cámara en lo Civil y Comercial – Sala III, Vocalía Nº 8, a cargo de la Dra. Liliana E. Chorolque, en el Expte. Nº C-057900/15 caratulado: “Daños…: Antonio O. Avendaño c/ Hugo G. Espinoza”, hace saber al Sr. Hugo Genaro Espinoza, que se ha dictado la siguiente Providencia: 1.- Atento lo solicitado por la actora a fs. 57 y habiéndose dado cumplimiento con las previsiones del art. 162 del C.P.C., líbrese edictos para la notificación del decreto de fecha 27 de abril del 2016 (fs. 38), y de fecha 12 de febrero de de 2016 (fs.10), el que se publicará en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días, y haciéndose constar que los plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los mismos, y que las copias para traslado se encuentran a disposición del demandado, Sr. Hugo Genaro Espinoza, en Secretaría de esta Vocalía nº 8 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy. 2.- Notifíquese (art. 155 del C.P.C.). Fdo. Dra. Alejandra M. L. Caballero Pte. de Trámite Ante mi: Dra. Liliana E. Chorolque Secretaria. Prov. de fs. 38: San Salvador de Jujuy, 27 de abril del 2016. 1. Confiérese traslado de la demanda por daños y perjuicios instaurada por el Dr. Vicente Horacio Apaza, en nombre y representación del Sr. Antonio Orlando Avendaño a fs.07/09 y vlta. y su ampliación de fs. 27/37 y vlta., al accionado, Sr. Hugo Genaro Espinoza, en la forma de estilo, por el plazo de quince (15) días y bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciere (art. 298 del C.P.C.). 2.- Intímasele para que en igual término, constituya domicilio dentro de los tres kms. del asiento de esta Sala, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores (art.52 del C.P.C.).3.-Notifíquese (art.155/6 del C.P.C.). Fdo. Dra. Alejandra M.L. Caballero Pte. de Trámite, ante mi: Dra. Liliana E. Chorolque Secretaria”. Prov. de Fs.10: San Salvador de Jujuy, 22 de Febrero del 2016. 1.-Por presentado el Dr. Vicente Horacio Apaza, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de Antonio Orlando Avendaño, a merito de la copia juramentada de Poder General para Juicios agregada a fs. 05/06 y por promovida demanda por Daños y Perjuicios, la que tramitará en conformidad a las normas del juicio ordinario oral (art. 294 y ss del CPC)… Fdo. Dra. Alejandra M.L. Caballero Pte. de Trámite, ante mi: Dra. Liliana E. Chorolque Secretaria”- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario local, tres veces en el término de cinco días. San Salvador de Jujuy, 20 de Febrero de 2017.-
17/19/21 ABR. LIQ. Nº 10277 $360,00.-