BOLETIN OFICIAL Nº 14 – 03/02/2025

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

DECRETO Nº 0007.25.040.-

EXPEDIENTE   N° 16 – 18461 – 2024 – 1.-

San Salvador de Jujuy, 06 ENE. 2025.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 8116/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Extraordinaria N° 01/2024 de fecha 20 de Diciembre de 2024, mediante el cual se modifica el Artículo 17° de la Ordenanza N° 8033/2024; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento la Secretaría de Servicios Públicos, se expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8116/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Extraordinaria N° 01/2024 de fecha 20 de Diciembre de 2024, mediante la cual se modifica el Artículo 17° de la Ordenanza N° 8033/2024.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Obras Públicas, Arq. Aldo Montiel, a cargo de la Secretaría de Servicios Públicos.-

ARTICULO 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a conocimiento y demás fines a la Secretaría de Servicios Públicos, Secretaría de Hacienda y a las restantes Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo Municipal. Asimismo comuníquese al Concejo Deliberante de la ciudad de San Salvador de Jujuy.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente