BOLETIN OFICIAL Nº 13 – 31/01/2025

ACTA Nº 44 ACTA DE RECONDUCCION SOCIAL Y REFORMA DE ESTATUTO En la ciudad de San Salvador de Jujuy 17 días del mes de MAYO DE 2024 se reúnen los actuales socios e integrantes de  RUVIRA S.R.L., sociedad inscripta en el registro Público de Comercio de la provincia de Jujuy al folio 61, Acta Nº 61, Libro III de S.R.L. el 24 de abril de 2.008; registrada con copia bajo asiento Nº 20 al Folio 137/142, legajo XIII – Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. en San Salvador de Jujuy el 24 de abril de 2.008, encontrándose presentes Señor DANIEL ALBINO PEDERIVA, Documento Nacional de Identidad Nº 25.613.123, CUIT 20-25613123-5, argentino, casado, (Contador Publico), nacido el día 14/10/1976, y MARIA MAGDALENA SANCHEZ DE BUSTAMANTE, Documento Nacional de Identidad Nº 26.501.847, CUIT 27-26501847-0, nacida el día 07/07/1978, casada, (Antropóloga), , a los efectos de tratar el siguiente orden del día: 1-Designación de los socios que firmaran el acta. Se resuelve que sea firmada por la totalidad de los mismos. 2-Preconducción del plazo de duración social y reforma del estatuto. Dado que se ha producido el vencimiento del plazo de duración social en fecha 24 DE ABRIL DE 2023 y estando comprendida dentro de las disposiciones del art. 95 inc.2 LS. Se resuelve por unanimidad reconducir el mismo por 15 años desde la inscripción de la presente reconducción y en consecuencia se reforma la cláusula del estatuto social quedando redactada de la siguiente forma: CLAUSULA SEGUNDA: La sociedad tenía una duración de 15 años desde la inscripción en el Registro Público de Comercio, atento a que, con fecha 24 DE ABRIL DE 2023 se produjo el vencimiento del plazo de duración social.  Se reconduce la sociedad por 15 años a contar desde la inscripción de la presente reconducción en el Registro Público de Comercio. CLAUSULA SEGÚNDA: La sociedad tendrá una duración de 15 Años desde la inscripción registral de la presente reconducción. Los socios dejan constancia que no han efectuado actos liquidatarios, ni han procedido a inscribir el liquidador en el Registro Público de Comercio. Asimismo autorizan al Dr. DIEGO MARTINICH a proceder con el trámite de inscripción de la presente pudiendo contestar todas las observaciones que realice la DIRECCION DE SOCIEDADES COMERCIALES. Y redactar a esos efectos con absoluta libertad los instrumentos necesarios a tal fin. En prueba de conformidad firman a continuación.- ESC. PABLO ALFREDO BENITEZ- ADS. REG. Nº 2- S. S. DE JUJUY- JUJUY.-

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESOLUCION Nº 063- DPSC-2025.-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-555/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de Enero de 2025.-

VISTO:

Las actuaciones de la referencia en las que el Dr. Diego Martinich en carácter de persona autorizada solicita, la INSCRIPCION CESION DE CUOTAS SOCIALES “RUVIRA S.R.L.”

Atento a que la acumulación resulta procedente para poder unificar , agilizar el tratamiento administrativo y garantizar la coherencia en las decisiones adoptadas respecto a la sociedad y la correcta inscripción que se persigue, todo ellos en los términos de los Art. 88, 89, 90 ss de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 1886 y

CONSIDERANDO:

Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE:

ARTICULO 1°: ACUMULAR los expedientes administrativos Nº EXPTE 301-555-2023 y el Expediente conexo Numero: 301-556-2023 a fin de que se resuelvan en un solo procedimiento, dada su conexidad y la relación existente entre los mismos. El expediente principal para efectos de la acumulación será el expediente Nº 301-555-2023. El expediente Nº 301-556-2023 se acumula a este último a partir de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día del INSTRUMENTO DE CESION DE CUOTAS SOCIALES de fecha 14 de octubre del 2020 obrante a fs. 02/07 de EXPTE 301-556-2023; ACTA Nº 42 DE FECHA 15 DE DICIEMBRE DEL 2019 FS 05; ACTA Nº 43 DE FECHA 31 DE ENERO DEL 2022 FS 06; ADDENDA CESION DE CUOTAS DE FECHA 06 DE AGOSTO DEL 2024; EN EXPTE 301.555.2023; CESION DE CUOTAS SOCIALES DE FECHA 18 DE FEBRERO 2022 FS 02/05; ADDENDA CESION DE CUOTAS SOCIALES DE FECHA 29 DE AGOSTO DEL 2024; ACTA Nº 44 DONDE SE RESUELVE LA RECONDUCCION DE LA SOCIEDAD POR 15 AÑOS DE FECHA 17 DE MAYO DEL 2024 diligencias a cargo del Dr. DIEGO MARTINICH o persona debidamente autorizada.

ARTÍCULO 3º: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

31 ENE. LIQ. Nº 38660 $2.900,00.-