BOLETIN OFICIAL Nº 5 – 13/01/2025
DECRETO Nº 2134-DH/2024.-
EXPTE. Nº 766-683/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 NOV. 2024.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Promuévase al personal perteneciente a la Planta Permanente de la Dirección Provincial de Administración del Ministerio de Desarrollo Humano que revista en el Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, de la Ley N° 4413, a partir del 14 de septiembre de 2022, a la categoría superior inmediata conforme se indica a continuación:
ORDEN | APELLIDO Y NOMBRE | C.U.I.L. | CATEGORIA | |
DE: | A: | |||
1 | GUEVARA, Verónica Beatriz | 27-26793610-8 | A-1 | A-2 |
2 | JUAREZ, Marcela Alejandra | 27-25783744-6 | A-1 | A-2 |
3 | LOPEZ ALCARAZ, Federico | 20-31321002-3 | A-1 | A-2 |
4 | MARTINICH CRUELLS, Diego Adrián | 20-25377501-8 | A-1 | A-2 |
5 | MOGRO, Cristina Yolanda | 27-26232298-5 | A-1 | A-2 |
ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el presente Decreto se atenderá con las siguientes partidas presupuestarias:
- El Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2022, Ley Nº 6256 Ejercicio 2023, Ley N° 6325, estaba prevista la partida de Gastos en Personal, asignada a la Jurisdicción “S” Ministerio de Desarrollo Humano, Unidad de Organización 11 Dirección Provincial de Administración, Gestión y Finanzas.
- Atento la vigencia e implementación de la nueva Estructura Orgánica-Funcional del Ministerio de Desarrollo Humano mediante Decreto 28-DH/2023, se encuentra prevista en la Jurisdicción “S” Ministerio de Desarrollo Humano, Unidad de Organización 13A Dirección Provincial de Administración la partida de Gastos en Personal.
- El Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos, ejercicio 2024, Ley 6371, la partida de Gasto en Personal asignada nada a la Jurisdicción “S” Ministerio de Desarrollo Humano, Unidad de Organización 13A Dirección Provincial de Administración.
- Las que de resultar insuficientes tomarán fondos de la Partida 1 1 1 1 1 100 Regularización Decretos 5064-HF-21 y 5351-HF-22 asignada a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro.
- En caso de existir deuda se tomarán fondos de la partida “03-10-15-01-26-0″ para Pago de Obligaciones no Comprometidas. Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, del presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 3º.- Autorícese a Contaduría de la Provincia a efectuar la transferencia de los créditos presupuestarios que resulten necesarios para la atención de las disposiciones del presente decreto.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Desarrollo Humano a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR