BOLETIN OFICIAL Nº 4 – 10/01/2025

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

DECRETO Nº 1785.24.006.-

EXPEDIENTE  N° 16 – 8760 – 2024 – 1.-

San Salvador de Jujuy, 01 JUL. 2024.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 8025/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 09/2024 de fecha 13 de Junio de 2024, mediante el cual se crea en el ámbito de la Municipalidad y el Concejo Deliberante capitalino, el primer soporte Documental Digital y Virtual del Calendario de Aniversarios de Instituciones Educativas, Deportivas, Culturales y Otras a criterio del órgano de aplicación, que sean relevantes para la comunidad; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Gobierno, el mismo no expresa objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8025/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 09/2024 de fecha 13 de Junio de 2024, mediante la cual se crea en el ámbito de la Municipalidad y el Concejo Deliberante capitalino, el primer soporte Documental Digital y Virtual del Calendario de Aniversarios de Instituciones Educativas, Deportivas, Culturales y Otras a criterio del órgano de aplicación, que sean relevantes para la comunidad.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno, Dr. EZEQUIEL ALDAO FASCIO, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Dirección General de Relaciones Pública y Ceremonial, a la Coordinación General de Comunicación, Secretaría de Desarrollo Humano, Secretaría de Cultura y Turismo y Secretaría de Planificación y Ambiente. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente