BOLETIN OFICIAL Nº 3 – 08/01/2025
MUNICIPALIDAD DE MAIMARA
DECRETO N° 441-/M.M./2024.-
VISTO:
La Ley Estatuto para la administración pública N° 3161/1974 y sus modificatorias;
CONSIDERANDO:
Que en el marco del Sumario Administrativo, iniciado en el legajo personal del AGENTE MUNICIPAL: QUIQUIZA, HECTOR RUBEN, identificado con D.N.I. N° 25.410.532, LEGAJO N° 134. SITUACION DE REVISTA: PLANTA PERMANENTE.-
Que, Jefatura de Personal del periodo 2023 a cargo de la Sra. Anabela Valdiviezo, emite informe respecto a las irregularidades que presentaba las planillas de asistencia del agente QUIQUIZA, HECTOR RUBEN identificado con D.N.I. N° 25.410.532, LEGAJO PERSONAL N° 134, de carácter planta permanente por presuntas faltas injustificadas al lugar de trabajo, al no contener registro de firma ológrafa.-
Que, éstas irregularidades se presentaron durante el mes de febrero y por los meses consecutivos y completos de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2022; con idéntica situación los meses correlativos a enero, febrero, marzo y los primeros quince (15) días del mes de mayo del año 2023.
Que, en tal sentido, y a fin de establecer la verdad de los hechos, se procedió a iniciar proceso sumario al agente mencionado, conforme a la normativa vigente.-
Que, la Instructora sumariante de la municipalidad de Maimara, deriva el presente obrado al área de Asesoría Legal y Técnica para su respectivo dictamen en fecha 05 de diciembre del año 2024.-
Que, a continuación, la Instrucción concluyo en fecha 13 de diciembre del año 2024, acreditando las faltas incurridas por el agente municipal QUIQUIZA HECTOR RUBEN, que corresponde aplicar la sanción expulsiva de CESANTIA, por transgresión a los deberes establecidos en los art. 100 inc. 1, 14, 21, 23; art 173 inc. 1,3 y 7 de la ley 3161/74 y sus modificatorias.-
Que, la defensa del agente sumariante, en el obrado no ha logrado justificar las faltas recurrentes por los periodos mencionados, acumulando un total de 307, inasistencias injustificadas.-
Que, de las constancias agregadas en autos surge que se han cumplido las etapas procesales de rigor, habiéndole asegurado al agente el derecho de defensa conforme al procedimiento administrativo pertinente.-
Que, tanto el dictamen de fs 193 a 197 vta, y conclusión de fs. 198 y 199 de autos, son compartido por este Departamento Ejecutivo del cual se desprende que corresponde aplicar al Sr. QUIQUIZA HECTOR RUBEN identificado con DNI N° 25.410.532, de calidad PLANTA PERMANENTE la sanción disciplinaria de EXPULSION de CESANTIA conforme al art. 173, del Estatuto de Empleado Publico.
Que el régimen disciplinario vigente, establece que la violación a sus deberes y prohibiciones harán pasible al agente de la sanción correspondiente mediante la instrucción de sumario Administrativo de rigor, respetando el derecho al debido proceso.
Que la conducta asumida por el sumariado lo ha motivado a percibir indebidamente haberes, siendo ilegítimamente beneficiado en desmedro de la administración pública generando erario al organismo. –
Que, resulta menester mencionar que, luego de observadas las actuaciones de la instrucción sumariante, desde su inicio se respetaron las garantías constitucionales de derecho de defensa en juicio y del debido proceso, no habiéndose quebrantado ninguno de los principios y pilares que rigen el derecho administrativo.
Que, entonces, analizado lo actuado en el presente sumario, no existe motivo alguno que infiera adoptar un criterio diferente al plasmado en las conclusiones de la instrucción sumariante.
Que, no hay motivos que ameriten tomar una decisión distinta, teniendo en cuenta las consideraciones de hecho y derechos aplicables al caso.
Por ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de los Municipios N° 4466/89;
LA INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAIMARA, PROF. MARIA SUSANA PRIETO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: DESE POR CONCLUIDO EL SUMARIO ADMINISTRATIVO que tramita mediante las actuaciones identificadas en el legajo personal del AGENTE MUNICIPAL QUIQUIZA HECTOR RUBEN identificado con DNI N° 25410532, DE CALIDAD PLANTA PERMANENTE ,
ARTICULO N° 2: Determínese que el agente municipal, Sr. QUIQUIZA HECTOR RUBEN, ha incurrido en las faltas disciplinarias tipificadas en los arts. 100° (inc. 1° 23°) y 173° (inc, 1°), de la Ley Provincial N° 3161/74.-
ARTÍCULO 3°: DISPONGASE, a partir de la fecha del presente, la aplicación de sanción disciplinaria de EXPULSION de CESANTIA al agente municipal Sr. QUIQUIZA HECTOR RUBEN identificado con DNI 25410532, DE CALIDAD PLANTA PERMANENTE, conforme a lo expresado en el exordio y a la normativa citada en el art. 2° del presente.-
ARTICULO 4°: INTIMESE al Sr. QUIQUIZA HECTOR RUBEN a la devolución de los haberes percibidos en los periodos mencionados del año 2022 y 2023.-
ARTICULO 5º: Regístrese, comuníquese a Secretaria de Hacienda, a la Secretaria de Gobierno, a Jefatura de Personal y al Departamento de Legales. Notifíquese al sancionado al domicilio real y agréguese un ejemplar original del presente al legajo personal de la agente municipal.-
ARTICULO N° 6: Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy. Cumplido, archívese.-
Ciudad de Maimara, 17 de diciembre del año 2024.-
María Susana Prieto
Intendente