BOLETIN OFICIAL Nº 3 – 08/01/2025
CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAIMARÁ
ORDENANZA N° 065/HCDM//2024.-
“ACTUALIZACIÓN DEL CUADRO TARIFARIO SERVICIO ALTERNATIVO DE TRANSPORTE ALTERNATIVO DE PASAJEROS.-
VISTO:
La Nota N° 183/24/HCDM presentada por la Asociación de Taxis 7 de Mayo;
La Ley Orgánica de los Municipios N° 4466/89 y Modificatorias.
CONSIDERANDO:
Que, en el mes de Diciembre del año 2024 la Asociación de Taxis 7 de Mayo de la Ciudad de Maimará presenta una nota SOLICITANDO la actualización del Cuadro Tarifario del Servicio Alternativo de Transporte de pasajeros, en la cual exponen sus argumentos;
Que, según la Ordenanza N° 033/2022/HCDM, “RÉGIMEN DE OTORGAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ALTERNATIVO DE PASAJEROS”, es facultad exclusiva del HCDM legislar sobre todo lo relativo al Servicio de Transporte Alternativo de Pasajeros en la Jurisdicción de Maimará, provincia de Jujuy;
Que, debemos hacer expresa la mención a la inflación como un flagelo económico que produce graves distorsiones en todo el sistema económico debido a su imprevisibilidad y el preciso caso no es ajeno a esto. Por tales argumentos y debido a que no se puede predecir con absoluta exactitud la fecha y la cuantía del aumento sostenido del nivel general de precios considera;
Que, la ACTUALIZACIÓN DEL CUADRO TARIFARIO es consecuencia de lo anteriormente expuesto en resguardo de la actividad laboral desarrollada por la Asociación de Taxis y es obligatoria la exhibición del mismo en las unidades de trabajo;
Que, también es necesario expresar que los Derechos de los Usuarios están contemplados en la citada Ordenanza, artículos 16°, 17° y concordantes, los cuales deben ser garantizados en todas sus partes;
Que, es importante recalcar que la próxima actualización del cuadro tarifario será tratada en el Mes de MARZO para implementar además la Tarifa Escolar en caso de no haber ningún incremento brusco del precio del combustible;
Por todo lo expuesto el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAIMARÁ, en uso de las facultades que les confiere la Ley Orgánica de los Municipios y el Reglamento Interno, SANCIONA:
CON FUERZA DE LEY LA ORDENANZA N° 065/2024/HCDM.-
“ACTULIZACIÓN DEL CUADRO TARIFARIO SERVICIO DE TRANSPORTE ALTERNATIVO DE PASAJEROS”.-
ARTICULO 1°: Apruébese la Actualización del Cuadro Tarifario, que como ANEXO 1 se adjunta a la presente, formando parte de la misma, el que entrará en vigencia luego de su promulgación por el Departamento Ejecutivo Municipal.
ARTÍCULO 2°: Manifiéstese que el Horario Nocturno comienza a partir de Hs.23:00 hasta Hs.05:30.
ARTICULO 3°: Manifiéstese que mayores de 5 años deben abonar el pasaje correspondiente.
ARTÍCULO 4°: Manifiéstese que los días Domingos y Feriados el boleto se cobrará igual que la Tarifa Nocturna.
ARTÍCULO 5°: Remítase y Comuníquese al PODER EJECUTIVO y demás Áreas que correspondan, PUBLÍQUESE oportunamente ARCHÍVESE. Dada en la Sala de Sesiones Especiales del Concejo Deliberante de Maimará, a los 9 días del mes de Diciembre del 2014.-
Pablo Martín Ramos
Presidente
ANEXO 1
CUADRO GENERAL TARIFARIO DICIEMBRE 2024
SERVICIO ALTERNATIVO DE TRANSPORTE
RECORRIDO COMPARTIDO TARIFA NORMAL TARIFA NOCTURNA
MAIMARÁ – TILCARA $1100 $1200
MAIMARÁ-SUMALAWA-SAN PEDRITO-
SUMAJ PACHA $900 $1000
MAIMARÁ POR AV. BELGRANO-
CEMENTERIO $600 $700
MAIMARÁ CENTRO-B°SAN MARTÍN-LA
OBRERA CERRITO SOBRE RUTA 9 $600 $700
SUMALAWA-SAN PEDRITO-SUMAJ PACHA Y
VICEVERSA $900 $1000
Horario Nocturno a partir de Horas 23:00 Mayores de 5 años Domingos y Feriados el
hasta Horas 05:30 deben abonar pasaje boleto se cobrará como
Tarifa Nocturna
DATOS PERSONALES DEL CHOFER
Apellido y Nombre:_______________ FOTO
DNI:__________________________
N° Oblea:________________________
Teléfono:__________________________
Pablo Martín Ramos
Presidente
CUADRO GENERAL TARIFARIO DICIEMBRE 2024
SERVICIO ALTERNATIVO DE TRANSPORTE
VIAJES ESPECIALES TARIFA NORMAL TARIFA NOCTURNA
MÍNIMO URBANO $1500 $1600
MAIMARÁ CENTRO-B° VILLAZÓN $1500 $1600
MAIMARÁ CENTRO-B° EL CRISTO $1500 $1600
MAIMARÁ CENTRO-B° SARMIENTO $1500 $1600
MAIMARÁ CENTRO-PUEBLO NUEVO $1500 $1600
MAIMARÁ CENTRO-ACCESO SUR ARCO $1500 $1600
MAIMARÁ CENTRO-B° GUEMES $1500 $1600
MAIMARÁ CENTRO-B° SAN MARTÍN $1500 $1600
MAIMARÁ CENTRO-POR EX RUTA 9 TASCA $1800 $2100
MAIMARÁ CENTRO-PASANDO EL PUENTE NUEVO $1800 $2100
MAIMARÁ CENTRO-BORDO LAS PERAS $1800 $1900
MAIMARÁ CENTRO-B° LA OBRERA $1500 $1600
MAIMARÁ CENTRO-B° AMARAL $1800 $2100
MAIMARÁ CENTRO-B° EL MOLLAR $1500 $1600
MAIMARÁ CENTRO-MONOLITO $1500 $1600
MAIMARÁ CENTRO-ESCUELA HORNILLOS $1800 $2100
MAIMARÁ CENTRO-B° EL MOLLAR FINAL $3000 $3100
MAIMARÁ CENTRO-CANCHA OLIMPIA-
CANCHA CHACARITA $2500 $2600
MAIMARÁ CENTRO-POSTA DE HORNILLOS- $2500 $2600
MAIMARÁ CENTRO-B° EL SAUZAL $2500 $2600
MAIMARÁ CENTRO-QUEBRADA DE SAN VICENTE $3000 $3100
MAIMARÁ CENTRO-POR EX RUTA 9 MANZUR $4000 $4100
MAIMARÁ CENTRO-FINCA LA HERRADURA $3500 $3600
MAIMARÁ CENTRO-GALPONES DE MANZUR $4000 $4100
MAIMARÁ-SAMALAWA-SAN PEDRITO-SUMAJ
PACHA DOMICILIO $4000 $4100
MAIMARÁ CENTRO-LA HOYADA $4000 $4100
MAIMARÁ CENTRO-CIENEGUILLAS GARITA $5000 $5100
MAIMARÁ CENTRO-CIENEGUILLAS ADENTRO $5500 $5600
MAIMARÁ CENTRO-BODEGAS DUPONT $6000 $6100
MAIMARÁ CENTRO-CIENEGUILLAS PUENTE LIMITE $6000 $6100
Pablo Martín Ramos
Presidente