BOLETIN OFICIAL Nº 2 – 06/01/2025

DECRETO Nº 2227-DH/2024.-

EXPTE. Nº 766-850/2015.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 DIC. 2024.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Téngase por promovidos a partir del 01 de Julio de 2015 al Sr. Elías Sebastián Matto, CUIL N° 20-25613767-5, al cargo Categoría A-2 y a la Sra. Adriana Gabriela Choque, CUIL N° 27-26793420-2, al cargo Categoría A-2 con adicional del 70% por Responsabilidad Jerárquica, ambos del Escalafón Profesional de la Ley N° 4413, personal de Planta Permanente del actual Ministerio de Desarrollo Humano, de conformidad al Decreto Acuerdo N° 7925-H-2015, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el presente Decreto se atiende con la siguiente partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, ejercicio 2024, Ley 6371

 

Ejercicio 2024: La partida Gastos en Personal, asignada a la jurisdicción “S” Ministerio de Desarrollo Humano, Unidad de Organización 1-Ministerio.

Para el caso de que en los ejercicios anteriores no haya sido liquidada y abonado la adecuación que se trata, la misma se atenderá con la siguiente partida:

 

Ejercicios Anteriores:

Se imputan a la partida “03-10-15-01-26 “para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores” prevista en la Jurisdicción “L” Deuda Pública del Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos- Ejercicio 2024-Ley N° 6371.-

 

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Humano y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tome razón por Fiscalía de Estado publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, Cumplido siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal a los fines de su conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio De Desarrollo Humano a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR