BOLETIN OFICIAL Nº 1 – 03/01/2025

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

DECRETO  N° 1938.24.040

EXPEDIENTE  N° 16-9627/2024-1.-

San Salvador de Jujuy, 16 JUL. 2024.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 8028/2024, -sancionara por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N°09/2024 de Fecha 11 de Junio de 2024, mediante el cual se impone el nombre de “NESTOR GROPPA”, a la calle Sin Nombre que corre en forma perpendicular a la Ruta Nacional N° 56 hacia el Oeste, en el Sector Identificado como Altos de Zapla de esta Ciudad, conforme al croquis de ubicación que forma parte integrante de la presente Norma; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Obras Públicas, el mismo no expresa objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55º Inc.  4) de la Carta Orgánica Municipal,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza Nº 8028/2024, sancionada por el Concejo Deliberare de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 09/2024 de fecha 13 de Junio de 2024, mediante la cual se impone el nombre de “NESTOR GROPPA”, a la calle Sin Nombre que corre en forma perpendicular a la Ruta Nacional Nº 56 hacia el Oeste, en el Sector identificado como Altos de Zapla de esta Ciudad, conforme al croquis de ubicación que forma parte integrante de la presente Norma.‑

ARTICULO 2º.-  El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras Públicas, Arq. ALDO ALFREDO MONTIEL, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo Nº 176-I-94.‑

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Dirección General de Obras Públicas, Dirección de Patrimonio Arquitectónico, Histórico y Urbanístico, Dirección General de Tránsito y Transporte y a la Coordinación General de Comunicación. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente