BOLETIN OFICIAL Nº 148 – 30/12/2024
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR.-
DECRETO N° 0663.24.041.-
EXPEDIENTE N° 16- 3593–2024-1.-
San Salvador de Jujuy, 22 MAR. 2024.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 7984/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 03/2024 de fecha 14 de marzo de 2024, mediante el cual se adhiere a la Municipalidad de San Salvador de Jujuy a las disposiciones de la Ley Provincial N° 6369, en virtud de la cual se instituye en el ámbito de la Provincia de Jujuy, el tercer (3°) sábado del mes de diciembre de cada año, con ocasión de disputarse la última fecha de la Liga de Veteranos de Futbol de Jujuy, el “Día del Jugador Veterano de Futbol”; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Desarrollo Humano, el mismo no expresa objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 7984/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 03/2024 de fecha 14 de marzo de 2024, mediante la cual se adhiere a la Municipalidad de San Salvador de Jujuy a las disposiciones de la Ley Provincial N° 6369, en virtud de la cual se instituye en el ámbito de la Provincia de Jujuy, el tercer (3°) sábado del mes de diciembre de cada año, con ocasión de disputarse la última fecha de la Liga de Veteranos de Futbol de Jujuy, el “Día del Jugador Veterano de Futbol”.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Desarrollo Humano, Dr. JULIO RODRIGO ALTEA, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Dirección General de Deportes y Recreación Social, Dirección General de Relaciones Públicas y Ceremonial, Coordinación General de Comunicación y a las distintas Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo Municipal. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente