BOLETIN OFICIAL Nº 147 – 27/12/2024

El Dr. Jorge Daniel Alsina Juez en la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial – Vocalía 5, en el Expediente N° C-193.950/21 caratulado: “ACCIÓN EMERGENTE DE LA LEY DEL CONSUMIDOR PINTO, JOSE IGNACIO CONSTANTINO c/ ALDECOA, JULIO CESAR y otros”, notifica a “HORIZONTE MULTINIVEL DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L.” y a “HORIZONTE DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L.” las providencias que a continuación se transcriben 1) “SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 de Noviembre de 2024. Proveyendo al escrito Nº 1520145: Atento lo solicitado procédase a notificar a “HORIZONTE MULTINIVEL DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L.” y a “HORIZONTE DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L.” la Resolución de fecha 15/02/2023 mediante Edictos debiendo publicarse por UN DIA en el Boletín Oficial y un Diario Local (Art. 179 C.P.C.C.). Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. JORGE DANIEL ALSINA -Vocal- Ante mí: DRA. MARIA FLORENCIA FIAD -Pro Secretaria-” y 2) “En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, a los 15 días del mes de febrero del año dos mil veintitrés, reunidos los Vocales de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Dres. Daniel Alsina, María del Huerto Sapag y Enrique Mateo, vieron el Expte. Nº C-193.950/22: “Acción Emergente de la Ley del Consumidor: Pinto, José Ignacio Constantino c/ Aldecoa, Julio César; HMDI S.R.L.; Grupo Horizonte Desarrollos Inmobiliarios S.R.L” y luego de deliberar; Resuelve 1. Hacer lugar a la acción emergente de la Ley del consumidor promovida por José Ignacio Constantino Pinto en contra de Julio Cesar Aldecoa, “Horizonte Multinivel Desarrollo Inmobiliario S.R.L.” y “Horizonte Desarrollos Inmobiliarios S.R.L”. En consecuencia, resolver el contrato que los vinculaba y condenar a estos últimos a abonar al primero, en el plazo de diez días, la suma total de $542.312 en concepto de daño directo, moral y punitivo; sólo en caso de mora con más los intereses establecidos en los considerandos. 2. Imponer las costas a los demandados vencidos. 3. Regular los honorarios profesionales de los Dres. José Miguel Cruz, María Florencia Romero y Jorge Antonio Ortiz Pistone en las sumas de $108.462,4, $25.308 y $50.616, para cada uno de ellos; importes que, en caso de mora se agregarán los mismos intereses que los determinados para el capital (período y tasa) e I.V.A. si correspondiere. 4. Notificar, protocolizar, agregar copia, etc.- Fdo. Dres. Daniel Alsina, María del Huerto Sapag y Enrique Mateo- Vocales- ante mi Dra. Silvina Rodríguez Álvarez -Secretaria.-”

 

27 DIC. LIQ. Nº 38548 $750,00.-