BOLETIN OFICIAL Nº 145 – 20/12/2024
DECRETO Nº 10898-HF/2019.-
EXPTE. Nº 500-637/2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 AGO. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dispónese, a partir del 1° de octubre de 2019, los siguientes incrementos para el personal docente:
- SEIS POR CIENTO (6%), en el sueldo básico.
- Pesos ciento ochenta ($180) sobre el adicional Remunerativo Bonificable — Decreto N° 3969-H-05.
- Pesos ciento noventa ($190) en el Estado Docente.
- Pesos doscientos ochenta ($280) en el Suplemento No Remunerativo No Bonificable por Persona.
- Pesos ciento ocho ($108) al Adicional No Remunerativo Bonificable
ARTICULO 2°.- Establécese, a partir del mes de octubre de 2019, en pesos veinte mil doscientos cincuenta ($20.250), el nuevo importe del Salario Mínimo Docente.-
ARTICULO 3°.- Déjese establecido que para la liquidación del Salario Mínimo Docente se tendrán en cuenta todos los Fondos provenientes de Programas Nacionales.-
ARTICULO 4°.- Dispónese por agente, un Suplemento No Remunerativo No Bonificable, a favor de aquellos que no alcancen el Salario Mínimo Docente.-
ARTICULO 5°.- Autorícese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las normas interpretativas y reglamentarias necesarias para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto.-
ARTICULO 6°.- La erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-
ARTICULO 7°.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Educación, de Trabajo y Empleo y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR