BOLETIN OFICIAL Nº 144 – 18/12/2024

DECRETO N° 4497-HF/2021.-

EXPTE. N° 500-588/2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 NOV. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Fíjese, a partir del 1° de noviembre de 2021, como parte integrante de la política salarial del presente ejercicio, a favor de los trabajadores jornalizados, el monto del jornal diario en los importes que surgen del Anexo que integra el presente.-

ARTICULO 2°. La erogación que demande lo establecido en este acto se atenderá con la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-

ARTICULO 3°. Invítese a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente Decreto.-

ARTICULO 4°.– El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Trabajo y Empleo.-

ARTICULO 5°.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Trabajo y Empleo y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR