BOLETIN OFICIAL Nº 144 – 18/12/2024

CONCEJO DELIBERANTE DE YALA.-

ORDENANZA Nº 285-2.024

DEROGACIÓN DEL COBRO ADICIONAL POR TRANSPORTE DE BULTO

VISTO:

El pedido de los usuarios del transporte alternativo de pasajeros, y

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza N° 284/24 incorporó los artículos 8 y 9, los cuales establecieron un cobro adicional por el transporte de bultos dentro de los taxis, en respuesta a una solicitud de un grupo de taxistas que argumentaba los inconvenientes que esto les generaba.

Que, una vez difundida dicha medida, se acordó con los representantes del sector de taxistas que su implementación sería evaluada durante un período de prueba de un mes, para luego analizar su impacto.

Que, transcurridos más de dos meses desde la implementación del cobro adicional, se ha detectado un comportamiento irregular por parte de algunos taxistas, quienes no han respetado las disposiciones establecidas, demostrando una falta de criterio en la aplicación de la normativa.

Que, como resultado, el municipio ha recibido numerosas quejas de usuarios del transporte alternativo, quienes manifestaron su descontento con los cobros aplicados.

Que, tras un análisis exhaustivo del contexto y con el objetivo de regularizar la situación y garantizar un servicio más equitativo para los usuarios;

POR ELLO;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE YALA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

ARTÍCULO 1°: Derogar el cobro adicional por el transporte de bultos establecido en los Artículos 8 y 9 en la Ordenanza N° 284/24.

ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y cumplimiento.

ARTÍCULO 3°: Publíquese, archívese y dese el cumplimiento correspondiente. –

San Pablo, Sala de Sesiones, a los días 21 del mes de NOVIEMBRE de 2.024. –

 

Juan Gabriel Cabezas

Presidente