BOLETIN OFICIAL Nº 142 – 16/12/2024

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N° 16 – 17323 – 2024 – 1.-

DECRETO Nº 3245.24.008.-

San Salvador de Jujuy, 04 DIC. 2024.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 8105/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 19/2024 de fecha 28 de Noviembre de 2024, mediante el cual se exceptúan por única vez al Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy (I.V.U.J.) de lo dispuesto en el Art. 17 (Zona R3) de la Ordenanza N° 6084/2011 “Código de Planeamiento Territorial Urbano de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy”, referente a la altura máxima reglamentaria de edificación del inmueble identificado como Padrón A-59744, A-86085, y A-77903, que conforman un sector de esquina ubicado en el Barrio Alto Comedero;

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Obras Públicas, el mismo expresa que no hay objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8105/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 19/2024 de fecha 28 de Noviembre de 2024, mediante la cual se exceptúan por única vez al Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy (I.V.U.J.) de lo dispuesto en el Art. 17 (Zona R3) de la Ordenanza N° 6084/2011 “Código de Planeamiento Territorial Urbano de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy”, referente a la altura máxima reglamentaria de edificación del inmueble identificado como Padrón A-59744, A-86085, y A-77903, que conforman un sector de esquina ubicado en el Barrio Alto Comedero.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras Públicas, Arq. ALDO ALFREDO MONTIEL, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Dirección General de Planeamiento Urbano y Ordenamiento Territorial y a la Secretaría de Obras Públicas. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente