BOLETIN OFICIAL Nº 142 – 16/12/2024
CONCEJO DELIBERANTE DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPTE. N° 844-X-2024.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 8105/2024.-
ARTICULO 1º.- Exceptuase por única vez al Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy
de lo dispuesto en el Art.º 17 (Zona R3) de la Ordenanza Nº 6084/2011 “Código de Planeamiento Territorial Urbano de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy”, referente a la altura máxima reglamentaria de edificación del inmueble identificado como padrón A-59744, A-86085, y A-77903, que conforman un sector de esquina ubicado en el Barrio Alto Comedero.-
ARTICULO 2º.- La excepción dispuesta en el Artículo anterior, se establece sin perjuicio
de las sanciones que pudieran caber a profesionales y propietarios por incumplimiento de lo dispuesto en las Ordenanzas que están en vigencia.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido, archívese.-
SALA DE SESIONES, jueves 28 de noviembre de 2024.-
Dr. Jorge Lisandro Aguiar
Presidente