BOLETIN OFICIAL Nº 141 – 13/12/2024

DECRETO N° 3651-HF/2021.-

EXPTE. N° 500-271/2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 JUL. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1°.- Dispóngase, a partir del 1° de julio de 2021, para el personal docente un incremento de Pesos un mil cuatrocientos ($ 1400) sobre el Adicional Remunerativo Bonificable -Decreto N° 3969/05.–

ARTICULO 2°. Establecer en la suma de pesos un mil doscientos ($ 1.200) el valor del Adicional por Estado Docente.-

ARTICULO 3°. Establecer en la suma de pesos cuatro mil seiscientos treinta ($ 4.630) el valor del Suplemento No Remunerativo No Bonificable por persona.-

ARTICULO 4°.- Autorícese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las normas interpretativas y reglamentarias necesarias para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto.-

ARTICULO 5°.- La erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-

ARTICULO 6°. El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Trabajo y Empleo.-

ARTICULO 7°.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Educación, de Trabajo y Empleo y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR