BOLETÍN OFICIAL Nº 64 – 12/06/15

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE LIBERTADOR GENERAL SAN MARTIN

DECRETO MUNICIPAL Nº 038450          /2015.

LIB. GRAL. SAN MARTIN, 16 ABR. 2015.

EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Otorgar decreto Municipal disponiendo la concesión del derecho para la explotación de la Oblea nº 157 a favor del Sr. Fidel Hugo Martini, DNI Nº 37.713.149; BAJO CONDICIÓN RESOLUTORIA, de que en el termino de 30 días, deberá acreditar por ante la Intendencia Municipal, que Ha dado cumplimiento a la obligación de inscribirse por ante la AFIP como Monotributista y/o Monotributista Social (Respecto de la persona titular de la oblea y la que conduce dicho automotor); y por ante la Dirección Provincial de Rentas.

ARTICULO 2º.-En igual plazo el interesado (Sr. Fidel Hugo Martini) deberá acreditar que el vehículo que se ha designar para la explotación del remis, cumple con la totalidad de los requisitos exigidos para funcionar como tal, por ante la Dirección Municipal de Transito y Transporte; y no registra deudas municipales.

ARTICULO 3º.- En igual termino el interesado deberá acreditar el pago por ante la Dirección Municipal de Rentas; del canon por transferencia; concesión de nueva oblea y/o licencia de remis, previsto por la ordenanza nº 2937/08- según el monto que determine la Dirección Municipal de rentas de acuerdo a la Ordenanza Tributaria respectiva -.

ARTICULO 4º.-Dentro del mismo plazo, el interesado deberá acreditar la inscripción por ante una Agencia y/o Cooperativa habilitada a funcionar como tal dentro del ejido urbano de la ciudad de Lib. Gral. San Martin (La que en principio debiera ser la misma, en la cual venia trabajando y/o explotándose la oblea nº 157).

ARTICULO 5º.-En lo sucesivo, además de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ordenanza Municipal nº 2835/05 y cctes., el interesado deberá acreditar el pago mensual del monotributo, y demás impuestos exigidos por la Dirección Provincial de Rentas.

ARTICULO 6º.- Por la presente se notifica al interesado de la vigencia del decreto municipal nº 38.247/2015 de fecha 5 de marzo del año 2015.

ARTICULO 7º.– Notifíquese a la Dirección Municipal de Rentas, al Juzgado de Faltas Municipal, y al Director de Transito y Transporte Municipal a los efectos antes referidos.

ARTICULO 8º.- De forma. Archívese, y publíquese por ante el Boletín Municipal, y Oficial de la Provincia de Jujuy.

 

Dr. RAMÓN JORGE ALE

Intendente

12 JUN. LIQ. Nº 121185 $35,00.-