BOLETIN OFICIAL Nº 141 – 13/12/2024
El Dr. Matías Leonardo Nieto – Juez en Juzgado de Primera Instancia Nº 8 – Secretaría 15, en el expediente Nº D-047895/2023 caratulado: “DIVISIÓN DE CONDOMINIO: MARTINEZ, GLORIA c/ RODRIGUEZ, SANDRA GABRIELA y RODRIGUEZ, ALBA ALICIA” notifica a la Sra. Sandra Gabriela Rodríguez – D.N.I Nº 21.607.198, de las providencias que a continuación se transcriben: 1) San Pedro de Jujuy, 6 de octubre de 2023. I- Proveyendo al escrito digital Nº 909294, téngase a la Sra. GLORIA MARTÍNEZ con el patrocinio letrado del Dr. JOSÉ ANDRÉS SOLIZ por contestada la vista conferida y por ampliada demanda, debiendo estarse a lo que a continuación se dispone. II Admítase la presente demanda de división de condominio, la que tramitará de conformidad con las prescripciones del art. 289 inc. 3º ccs y ss CPC. En consecuencia de la demanda interpuesta, córrase traslado a las demandadas: SANDRA GARIELA RODRÍGUEZ D.N.I Nº 21.607.198, con domicilio en calle Constitución S/N, pasaje Islas Malvinas de la localidad de Tinogasta, provincia de Catamarca y de ALBA ALICIA RODRÍGUEZ D.N.I. Nº 11.883.459, con domicilio en avda. Santa Rosa Nº 1378 del Barrio San Cayetano de la ciudad de San Pedro de Jujuy, por el término de diez (10 días), con más 7 (siete) días en razón de la distancia para la primera de las nombradas, la que deberá notificarse mediante carta documento con cargo de confección y diligenciamiento por parte del Dr. José Andrés Soliz quien deberá presentarla en Secretaria para su control y firma (art. 72 1er párrafo C.P.C.). III- Por igual término, intímese a los accionados a constituir domicilio legal dentro del radio de 3km del asiento de este juzgado, bajo apercibimiento de notificarse las futuras resoluciones, cualquiera fuera su naturaleza por ministerio de ley (arts. 52 y 154 C.P.C.). Notificaciones por Secretaría martes o jueves, o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado. IV- … V-Notifíquese. Fdo. Dr. Matías Leonardo Nieto-Juez-Ante Mí-Dra. Mónica Valeria Cabello- Secretaria. 2) San Pedro de Jujuy, 31 de mayo de 2024 I.- … II.- … III.- Con relación a la Sra. Sandra Gabriela Rodríguez, a los fines de evitar nulidades procesales, de conformidad a lo normado por los arts. 195 y 196 del C.P.C, no habiendo sido notificada en persona, dispóngase designar como representante de la misma al Defensor Oficial que por turno corresponda, por configurarse en autos un supuesto de rebeldía ficta, a efectos de tomar la participación que le pudiere corresponder. IV.- Asimismo, téngase por constituido domicilio legal de la Sra. Sandra Gabriela Rodríguez en los estrados del juzgado, notificándosele en lo sucesivo ministerio ley (art. 52 del C.P.C). V.- Notifíquese la presente providencia a la Sra. Sandra Gabriela Rodríguez en su domicilio real mediante carta documento, haciéndose saber al letrado que la confección y diligenciamiento de la misma quedará a su exclusivo cargo, la que deberá ser presentada en Secretaría para el control y firma por la actuaria (art. 72, 1º parrf. y art. 50 del C.P.C.). VI.- Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. MATÍAS LEONARDO NIETO – Juez – Ante mí Dra. MORIANA ABRAHAM MIRANDA – Secretaria –3) San Pedro de Jujuy, 16 de octubre de 2024 I.- Atento a la imposibilidad de notificar a la codemandada Sra. Sandra Gabriela Rodríguez – D.N.I Nº 21.607.198, por cuanto el Correo Argentino informa que no se pudo notificar la carta documento correspondiente con motivo “desconocido”, y a los fines de evitar nulidades procesales, notifíquese a la Sra. Sandra Gabriela Rodríguez – D.N.I Nº 21.607.198 de las providencias de fecha 06 de octubre de 2023 y 31 de mayo de 2024 por edictos a publicarse por un día en el Boletín Oficial y Diario local de la Provincia de Jujuy (178 y 179 del C.P.C.C.).- II.-… III.- Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Matías Leonardo Nieto- Juez- Ante mí: Dra. Moriana Abraham Miranda – Secretaria.- Publíquese en el Boletin Oficial y un Diario Local por un día.- San Pedro de Jujuy, 16 de Octubre De 2024 Ante Mí: Dra. Moriana Abraham Miranda- Secretaria.-
13 DIC. LIQ. Nº 38334 $750,00.-