BOLETIN OFICIAL Nº 140 – 11/12/2024

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 6433

ARTÍCULO 1.- Declarar Bien Histórico Provincial e Incorporar al Patrimonio Cultural de la Provincia, al Escudo que el General Manuel Belgrano hizo pintar para la Escuela a erigirse en la ciudad de San Salvador de Jujuy.-

ARTÍCULO 2.- Declarar al Escudo mencionado en el Artículo 1 como “Símbolo Provincial de la Educación”.-

ARTÍCULO 3.- El Poder Ejecutivo instrumentará las acciones correspondientes, a efectos del correcto resguardo, preservación y conservación del bien mencionado en el Artículo 1, en los términos previstos en la Ley N° 5751 “Ley Marco de Patrimonio Cultural y Natural de la Provincia de Jujuy”.-

ARTÍCULO 4.- Solicitar a los Representantes Nacionales por la Provincia de Jujuy, realizar las acciones tendientes para su inclusión como “Bien de Interés Histórico Nacional” y su protección con el Escudo Azul de Naciones Unidas.-

ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de Noviembre de 2024.-

 

Martín Luque

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

Dip. Adolfo Fabián Tejerina

Vicepresidente 1°

a/c Presidencia

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-

EXPTE. Nº 200-355/2024.-

CORRESP. A LEY Nº 643.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 DIC. 2024.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Ministerio de Educación; Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Trabajo; Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Desarrollo Económico y Producción; Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Salud; Ministerio de Desarrollo Humano; Ministerio de Cultura y Turismo; Ministerio de Ambiente y Cambio Climático; Ministerio de Seguridad y Ministerio de Planificación Estratégica y Modernización para su conocimiento. Cumplido, vuelva a la Jefatura de Gabinete de Ministros a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR