BOLETIN OFICIAL Nº 139 – 09/12/2024
DECRETO N° 4602-HF/2021.-
EXPTE. N° 500-727/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Otorgase, por única vez y con carácter excepcional, a favor de los agentes alcanzados por los Decretos-Acuerdos N° 4371-H-09, N° 4373-H-09, N° 4374H-09, N° 4375-H-09, N° 3435-H-13, N° 6357-HF-2018 y N° 7464-HF-2018 y sus respectivos modificatorios, un Suplemento No Remunerativo No Bonificable equivalente al 50% de los Adicionales reconocidos en los mencionados actos administrativos, con el alcance expresado en el exordio que integra el presente.-
Dicho Suplemento se liquidará junto con el Sueldo Anual Complementario correspondiente al segundo semestre del año 2021, a favor del personal que tuviere derecho a percibir el mismo, y en la proporción que por tal concepto le corresponda.-
ARTÍCULO 2°.- Dispónese que para aquellos agentes que perciban el Suplemento No Remunerativo No Bonificable – Mínimo Salarial previsto en el Decreto N° 4497-HF/2021, se les liquidara conjuntamente con lo dispuesto en el artículo precedente, un Suplemento denominado Complemento Mínimo Salarial.-
ARTICULO 3°.- Las disposiciones reglamentarias o interpretativas que demande el cumplimiento del presente ordenamiento, serán dictadas por el Ministerio de Hacienda y Finanzas en la oportunidad que en cada caso se requiera.-
ARTICULO 4°.- La erogación emergente del presente, se atenderá con la partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, autorizándose al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean necesarias para su implementación.
ARTICULO 5°.- Invitase a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente decreto.-
ARTICULO 6°.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Trabajo y Empleo y vuelva al Ministerio de Trabajo y Empleo y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR