BOLETIN OFICIAL Nº 138 – 06/12/2024
DECRETO Nº 7967-HF/2023.-
EXPTE. Nº 500-167/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 MAR. 2023.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispóngase, a partir del 1º de marzo de 2023, un incremento para el personal docente del diez por ciento (10%), en el sueldo básico.-
ARTICULO 2º.- Incorpórese al Sueldo Básico del personal docente los siguientes conceptos:
- E Adicional Remunerativo Bonificable “Reestructuración” equivalente a pesos doce
- El Adicional Remunerativo Bonificable Decreto N° 3968-H-2005 equivalente a pesos cincuenta ($50).
ARTICULO 3º.- Téngase presente los importes del Salario Mínimo Docente dispuestos en Acta Paritaria Nacional Docente de fecha 17.02.2023.-
ARTICULO 4º.- Establézcase que la asignación por “premio asistencia perfecta” será la que resulte del 20% sobre el Salario Básico y el Adicional Remunerativo Bonificable.-
ARTICULO 5º.- Autoricese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las normas interpretativas y reglamentarias necesarias para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto.-
ARTICULO 6º.- La erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-
ARTICULO 7º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Trabajo y Empleo.-
ARTICULO 8º.- Déjase sin efecto toda otra disposición que se oponga a la presente.-
ARTICULO 9º.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Educación, de Trabajo y Empleo y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR