BOLETIN OFICIAL Nº 137 – 04/12/2024

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MNICIPALIDAD DE PERICO.-

ORDENANZA Nº 1.802/2024.-

Ref.: PRESTAR ACUERDO AL MODELO DE CONVENIO DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO COMERCIAL Y ECONOMICO A FIRMAR ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO Y FERIA MINORISTA “VIRGEN DEL VALLE” Y ACTA ACUERDO ADJUNTA. NOTA Nº 483/2.024 Inic. por el D.E.

VISTO:

La Nota Nº 483/24 Inic. Por el Departamento Ejecutivo mediante la cual remite el MODELO DE CONVENIO DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO COMERCIAL Y ECONÓMICO A FIRMAR ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO Y FERIA MINORISTA “VIRGEN DEL VALLE” Y ACTA ACUERDO ADJUNTA.

El Articulo 52 Inc. 5 de la Carta Orgánica Municipal; y

CONSIDERANDO:

Que, el convenio mencionado tiene como objetivo generar acciones de trabajo conjunto para el desarrollo, crecimiento y progreso provincial, nacional y regional, proyectando un crecimiento en el comercio y la economía de la zona.

Que, con la firma del convenio mencionado por la Constitución Nacional, Constitución Provincial y Carta Orgánica Municipal. Por todo ello y de conformidad a la legislación vigente

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO

ORDENA

ARTICULO 1º: PRESTAR ACUERDO AL MODELO DE CONVENIO DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO COMERCIAL Y ECONOMICO A FIRMAR ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO Y FERIA MINORISTA “VIRGEN DEL VALLE” Y ACTA ACUERDO ADJUNTA, remitidos por el Departamento Ejecutivo mediante Nota Nº 483/2.024, que figura como Anexo de la presente .-

ARTICULO 2º: Elévese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Publíquese por los Términos de Ley. Regístrese. Cumplido. ARCHIVESE

SALA DE SESIONES, 28 DE OCTUBRE DE 2.024

 

CPN Cristian A. Valdiviezo

Presidente

 

CONVENIO DE COOPERACION PARA EL DESARROLLO COMERCIAL Y ECONOMICO

MUNICIPALIDAD DE PERICO – FERIA MINORISTA DE PERICO “VIRGEN DEL VALLE”

Entre la MUNICIPALIDAD DE PERICO, CUIT N° 30-999002373-4, con domicilio en calle Alberdi N° 460 de ciudad Perico, Departamento El Carmen, provincia de Jujuy, República Argentina, representado en este acto por el Sr. Intendente Ing. ROLANDO PASCUAL FICOSECO y el Sr. JEFE DE GABINETE JAVIER ANIBAL GIUBERGIA; por una Parte, en adelante “LA MUNICIPALIDAD” y por la otra la COMISION DE FERIANTES MINORISTAS DE PERICO VIRGEN DEL VALLE, Personería Jurídica otorgada por el Gobierno de la provincia de Jujuy mediante Decreto N°1703 – G – 2004 en fecha 30/07/2004, con domicilio en calle República de Líbano y Paraguay,  ciudad Perico, Departamento El Carmen, provincia de Jujuy, representado en este acto por su Presidenta Sra. AMELIA ROJAS, DNI 27.647.454 y por su Secretaria Sra. ARMINDA LAMAS, DNI 13.849.455; en adelante “LA COMISION” manifiestan:

OBJETIVOS:

Que, ambas partes han mantenido reuniones de trabajo y desarrollados encuentros para analizar la situación de la Feria Minorista, de la economía y del comercio en general, valorando conjunta y recíprocamente, las aspiraciones institucionales y la necesidad de trabajar conjuntamente para el desarrollo, el crecimiento y el progreso provincial, nacional y regional.

Que, ambas partes comprenden la necesidad de generar acciones de trabajo conjunto para mejorar el fortalecimiento, sostenimiento y desarrollo de la Feria Minorista “Virgen del Valle” de perico y proyectar un crecimiento en el comercio y la economía de la zona y por todo ello manifiestan:

PRIMERA: Las partes acuerdan trabajar mancomunadamente para realizar todas las acciones necesarias para mejorar la infraestructura del Complejo Feria Minorista “Virgen del Valle”, para mejorar también la fachada, los accesos, los espacios de uso común y las veredas, elaborando un plan de trabajo a tal fin.

SEGUNDA: Las partes se comprometen a planificar y ejecutar conjuntamente acciones para mejorar la iluminación y los servicios eléctricos, elaborando un plan de trabajo que permita modernizar las instalaciones y los servicios, y llevar adelante los trabajos que permitan asegurar la seguridad y la eficiencia de los mismos.

TERCERA: Las partes se comprometen a trabajar para regularizar y reordenar conjuntamente la situación administrativa – contractual de los Feriantes de la Feria Minorista “Virgen del Valle” de Perico, y para ello llevaran adelante reuniones de trabajo entre sus equipos técnicos para poder elaborar los instrumentos pertinentes.

CUARTA: Las partes expresan que las actividades económicas de la FERIA MINORISTA “VIRGEN DEL VALLE” DSE PERICO, se han diversificado mucho, y que por ello es necesario realizar las acciones tendientes a modificar el nombre que deberá ser FERIA MAYORISTA Y MINORISTA “VIRGEN DEL VALLE” DE PERICO.

QUINTA: Las partes acuerdan trabajar conjuntamente para que se regularicen los conceptos de pago del Derecho de Piso de aquellos Feriantes que aún se encuentran pendientes de pago, y por ello, trabajaran para generar los instrumentos para que aquellos que regularicen el pago total de los importes adeudados en el plazo de 60 días, debiendo suscribir la documentación correspondiente entre las Partes.

SEXTA: Las partes, manifiestan la preocupación por la seguridad de todos los Feriantes y del publico que asiste a la FERIA MINORISTA “VIRGEN DEL VALLE”, y por ello LA MUNICIPALIDAD se compromete a enviar personal de la GUARDIA URBANA, a fin de velar por la seguridad y custodiar el orden del complejo y zonas aledañas.

SEPTIMA: Las partes se comprometen a trabajar mancomunadamente para diseñar, planificar y ejecutar acciones que permitan conseguir los objetivos acordados, y se comprometen a profundizar los vínculos estratégicos entre ambas. Las acciones concretas a realizarse en el cumplimiento del presente Convenio Marco serán acordadas por medio de Adendas y/o Actas particulares, las que se realizaran con las formalidades y exigencias que fueran necesarias para cada acción que se formule.

En Ciudad Perico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy se firman 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto el día 8 de Octubre de 2.024.-

 

CPN Cristian A. Valdiviezo

Presidente

 

ACTA ACUERDO

MUNICIPALIDAD DE PERICO – COMISION DE FERIANTES MINORISTAS DE PERICO VIRGEN DEL VALLE

Entre la MUNICIPALIDAD DE PERICO, CUIT N° 30-999002373-4, con domicilio en calle Alberdi N° 460 de ciudad Perico, Departamento El Carmen, provincia de Jujuy, República Argentina, representado en este acto por el Sr. Intendente Ing. ROLANDO PASCUAL FICOSECO y el Sr. JEFE DE GABINETE JAVIER ANIBAL GIUBERGIA; por una Parte, en adelante “LA MUNICIPALIDAD” y por la otra la COMISION DE FERIANTES MINORISTAS DE PERICO VIRGEN DEL VALLE, Personería Jurídica otorgada por el Gobierno de la provincia de Jujuy mediante Decreto N°1703 – G – 2004 en fecha 30/07/2004, con domicilio en calle República de Líbano y Paraguay,  ciudad Perico, Departamento El Carmen, provincia de Jujuy, representado en este acto por su Presidenta Sra. AMELIA ROJAS, DNI 27.647.454 y por su Secretaria Sra. ARMINDA LAMAS, DNI 13.849.455; en adelante “LA COMISION” manifiestan y convienen lo siguiente:

PRIMERO: Que casi la totalidad de los miembros de la COMISION DE FERIANTES MINORISTAS DE PERICO VIRGEN DEL VALLE han tenido desequilibrios económicos – financieros producto de la grave crisis económica que está atravesando la Nación Argentina, situación que resulta de público y notorio conocimiento. Esta situación se ha acentuado con el transcurrir de los meses y LA MUNICIPALIDAD DE PERICO comprende la gravedad de la situación y se están desarrollando acciones en conjunto a fin de poder reactivar la economía, el potencial de la FERIA MINORISTA y del comercio de la zona. Ello ha provocado dificultades para poder abonar los importes tributarios municipales.

SEGUNDO: Que se han suscitado divergencias entre las Partes por la aplicación y la razonabilidad de la Ordenanza Tributaria N° 1626/2023, lo que ha provocado una gran cantidad de dificultades y desinteligencias entre las partes incluso la sustanciación de acciones judiciales que aún se encuentran en trámite y sin sentencia judicial. Las Partes, sin reconocer hechos ni derechos, han trabajado denodadamente para arribar a un acuerdo y poder regularizar la situación planteada y las divergencias suscitadas, y por ello, arriban al presente entendimiento.

TERCERO: A tal fin, las Partes manifiestan que, los Importes correspondientes a los tributos derivados de las Ordenanzas N° 1626/23 –materia de debate judicial en el Expte. N° SJ-20090/2023 “ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD – MEDIDA CAUTELAR: COMISION DE FERIANTES MINORISTAS DE PERICO VIRGEN DEL VALLE C/ MUNICIPALIDAD DE PERICO ante la Corte Suprema de Justicia-, deberán ser abonados por cada uno de los contribuyentes obligados al pago, en el plazo de cuarenta y cinco (45) días contados a partir de la suscripción del presente instrumento.

Bajo tal premisa y ante el acuerdo de las partes de someterse a las previsiones de la Ordenanza Nº 1.626/23, en lo que respecta a los cánones contemplados para la Feria Minorista Virgen del Valle, LA MUNICIPALIDA DE CIUDAD PERICO, dispone la elaboración de instrumentos necesarios para la condonación de los intereses devengados por los tributos adeudados por parte de los contribuyentes. Los contribuyentes que quedaren excluidos de las condiciones y de los plazos del presente convenio quedaran excluidos de la posibilidad de gozar de los beneficios contemplados en la presente clausula, quedando en adelante sometidos a la procura del cobro de las tasas y servicios adeudados bajo los procedimientos administrativos y/o judiciales contemplados por la Municipalidad de Ciudad Perico.- Así mismo respecto de todos los contribuyentes que cumplan con lo especificado en el presente y realicen el pago total de ya devengados  antes del vencimiento de la fecha aquí estipulada,  LA MUNICIPALIDAD otorgará las respectivas constancias de LIBRE DEUDA, (debiendo abonar el contribuyente el costo del mismo) a todos aquellos que así lo solicitaren al momento de cancelar el pago. Los efectos del presente acuerdo deberán ser sometidos al tratamiento y aprobación del Concejo Deliberante de Ciudad Perico, luego de lo cual obtendrá plena vigencia y aplicación.

CUARTO: Una vez cumplimentadas las disposiciones acordadas en el presente, las Partes instruirán a sus Asesores Legales para que den por finalizadas de común acuerdo y de manera conciliatoria las causas judiciales que están pendientes de resolución en los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Jujuy, debiendo soportar cada Parte, los gastos y honorarios que corresponden a cada una.

QUINTA: La MUNICIPALIDAD se compromete a realizar los actos administrativos y/o a impulsar los actos legislativos que fueran necesarios para garantir el cumplimiento de lo aquí acordado, y ambas Partes asumen el compromiso de convenir y suscribir los acuerdos complementarios que fueran necesarios a tal fin.

En prueba de conformidad y ratificación se firman tres ejemplares de un mismo tenor a un solo efecto, a los 8 días del mes de Octubre de 2024.-

 

CPN Cristian A. Valdiviezo

Presidente