BOLETIN OFICIAL Nº 137 – 04/12/2024
CONCEJO DELIBERANTE DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA N° 301/2024.-
REF. “PROGRAMA MUNICIPAL PARA LA ERRADICACIÓN DEL ACOSO Y LA VIOLENCIA ESCOLAR”. (Expte 162-CD-2024 Iniciado por los concejales Amanda López y Marcelo López).
VISTO Y CONSIDERANDO;
La responsabilidad de la Municipalidad de Puesto Viejo de proteger y promover el bienestar de los niños, niñas y adolescentes en el ámbito educativo, y
Que, el acoso y la violencia escolar constituyen problemas graves que afectan el bienestar físico, psicológico y emocional de los estudiantes, interfiriendo en su desarrollo y limitando su derecho a una educación de calidad en un ambiente seguro y libre de violencia.
Que, diversos estudios y estadísticas señalan el impacto negativo del acoso escolar en el rendimiento académico y en la autoestima de los estudiantes, llevando incluso a situaciones de abandono escolar y afectando la convivencia y paz en las instituciones educativas.
Que, los estudiantes, familias y docentes, así como el Estado, deben asumir un rol activo en la erradicación de la violencia escolar, promoviendo prácticas y valores basados en el respeto, la empatía y la cooperación.
Que, en este sentido, resulta imprescindible establecer un programa municipal que contemple estrategias de prevención, intervención y sensibilización para abordar de manera integral la problemática de la violencia y el acoso en las escuelas de Puesto Viejo.
Por Ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo Programa Municipal para la Erradicación del Acoso y la Violencia Escolar con el fin de promover una educación en espacios seguros y de respeto mutuo, garantizando la integridad física, emocional y social de los estudiantes.
Artículo 2º-. Objetivo Específico: El objetivo específico del Programa es prevenir, identificar y erradicar el acoso y la violencia escolar en las instituciones educativas del municipio de Puesto Viejo, asegurando la atención y el acompañamiento a estudiantes, docentes y familias.
Artículo 3º-. Objetivos Generales:
* Fomentar espacios escolares seguros, inclusivos y libres de violencia.
* Ofrecer apoyo, orientación y seguimiento a estudiantes, familias y personal educativo en situaciones de acoso o violencia escolar.
* Impulsar campañas de concientización y talleres educativos para sensibilizar a la comunidad escolar sobre la importancia de una convivencia pacífica y respetuosa.
* Capacitar a docentes, familias y estudiantes en estrategias de prevención y resolución de conflictos, fortaleciendo el desarrollo de habilidades socioemocionales.
* Establecer redes de apoyo y coordinación entre las instituciones educativas, el área de Educación de la Municipalidad y otros organismos vinculados para la atención integral de los casos.
Artículo 4º-. Será autoridad de aplicación del presente Programa la Dirección de Desarrollo Humano en conjunto con el área de Educación de la Municipalidad de Puesto Viejo, que se encargará de la planificación, ejecución y supervisión de las acciones y estrategias contenidas en el Programa.
Artículo 5º-. La autoridad de aplicación tendrá las siguientes funciones:
* Desarrollar talleres, charlas y campañas de sensibilización en las escuelas del municipio, involucrando a estudiantes, docentes y familias.
* Elaborar materiales informativos y educativos sobre el acoso y la violencia escolar para su distribución en las instituciones educativas y en la comunidad.
* Implementar un sistema de recepción de denuncias y consultas anónimas para facilitar la detección temprana de situaciones de acoso y violencia.
* Coordinar con organismos de salud, seguridad y derechos de la niñez para brindar un seguimiento integral en casos de violencia escolar.
* Evaluar y elaborar informes periódicos sobre el funcionamiento y el impacto del Programa, y presentarlos ante el Concejo Deliberante de Puesto Viejo para su análisis y posibles mejoras.
Artículo 6º-. Autorizase a la Municipalidad de Puesto Viejo a destinar los recursos humanos, técnicos y económicos necesarios para la implementación y desarrollo del Programa, pudiendo asimismo gestionar y celebrar convenios y colaboraciones con organizaciones civiles, educativas, y organismos nacionales y provinciales.
Artículo 7º-. La autoridad de aplicación deberá realizar evaluaciones periódicas sobre el desarrollo y los resultados del Programa, elevando informes al Concejo Deliberante de Puesto Viejo para garantizar su eficacia y mejorar sus estrategias de intervención y prevención.
Artículo 8º-. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación.
Artículo 9º-. DE FORMA. –
SALA DE SESIONES, 21 DE NOVIEMBRE 2024
Marcelo Eduardo López
Presidente