BOLETIN OFICIAL Nº 136 – 02/12/2024

Juzgado de Primera Instancia Nº 3, Secretaria Nº 6, en el Expediente Nº C-185010/2021 caratulado: PLAN ROMBO SOCIEDAD ANONIMA DE AHORRA PARA FINES DETERMINADOS c/ CUEVAS, WALTER WILFREDO y RAMOS, AMAURI RICARDO”.- Vistos:…Considerando:…Resuelve: 1) Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por PLAN ROMBO SOCIEDAD ANONIMA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS, en contra de los SRES. CUEVAS, WALTER WILFREDO DNI 31864.764 Y RAMOS, AMAURI RICARDO DNI 12.006080 hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS CUATROCIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 85/100 CTVOS. ($403.252,85) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina de la Suprema Corte de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), desde la mora tomando desde fecha 13/04/2017 (Contrato Prendario que fuera firmado en fecha 13 de ABRIL del año 2017 que obra a fs. 11/15 vuelta de los presentes autos), y con más el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de lo que resulten de los compensatorios en concepto de intereses punitorios y hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere. 2) Diferir la regular los honorarios profesionales del letrado interviniente, hasta tanto exista planilla de liquidación aprobada en autos. 3) Imponer las costas a la parte vencida (Art. 102 del C.P.C.).- 4) Hacer efectivo el apercibimiento decretado en fecha 25 de octubre de 2021 en contra de los SRES. CUEVAS, WALTER WILFREDO DNI 31.864.764 y RAMOS, AMAURI RICARDO DNI 12.006.080 mandándose notificar la presente Resolución por edictos y las sucesivas providencias por cédula a casillero.- 5) Firme la presente, intímese a la parte actora PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 – SECRETARÍA 6 Independencia Nº 987 – San Salvador de Jujuy a retirar por Secretaría el documento original en el término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- 6) Notificar, agregar copia en autos, protocolizar. Rondón, Marisa Eliana – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. Mamani, Mariana – Firma habilitada”.- Facúltese para el diligenciamiento del presente al Dr. Diego Zurueta y/o a la persona que él designe.- Firmado por Mamani, Mariana – Firma habilitada.-

 

02 DIC. LIQ. Nº 38218 $1.700,00.-