BOLETIN OFICIAL Nº 136 – 02/12/2024
CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA Nº 291/2024.-
REF. BUZÓN AMBIENTAL. (Expte 122-CD-2024 Iniciado por los concejales Amanda López y Marcelo López).
VISTO Y CONSIDERANDO:
La creciente preocupación por los daños ambientales en la Ciudad de Puesto Viejo y la necesidad de contar con mecanismos que permitan a los vecinos denunciar prácticas que atenten contra el medio ambiente.
Que, el medio ambiente es un bien de vital importancia para la salud y el bienestar de las actuales y futuras generaciones, siendo necesario su protección, conservación y mejora.
Que, es deber del Estado municipal crear y promover acciones participativas que involucren a la ciudadanía en la identificación y prevención de hechos que vulneren el entorno natural.
Que, la participación ciudadana activa y responsable, especialmente mediante mecanismos que aseguren el anonimato, puede contribuir de manera significativa a la detección temprana de conductas que perjudiquen la calidad ambiental de la ciudad.
Que, el acceso a un canal de denuncias anónimo fomenta el control social, la transparencia y permite una respuesta rápida y eficaz de las autoridades competentes frente a posibles infracciones ambientales.
Que, resulta imprescindible dotar a las áreas correspondientes de herramientas y facultades necesarias para actuar ante denuncias relacionadas con la contaminación y otros problemas ambientales, promoviendo una gestión pública comprometida con el desarrollo sustentable.
Por Ello;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el “Buzón Ambiental”, como un mecanismo anónimo mediante el cual los vecinos podrán denunciar hechos que afecten negativamente al medio ambiente, tales como la contaminación del agua, aire y suelo, la deforestación, el uso indebido de agroquímicos, y el manejo inadecuado de residuos, entre otros.
Artículo 2º-. Objetivos Generales:
- Fomentar la participación ciudadana en la protección del medio ambiente.
- Garantizar un espacio seguro y anónimo para que los vecinos puedan denunciar hechos que afecten negativamente al entorno natural.
- Promover la transparencia y la responsabilidad institucional en la gestión de denuncias ambientales.
Artículo 3º-. Objetivos Específicos:
- Establecer un mecanismo de denuncia anónimo y accesible para la comunidad.
- Facilitar la intervención de las autoridades competentes ante hechos que atenten contra el medio ambiente.
- Garantizar la investigación y el seguimiento adecuado de las denuncias recibidas.
- Informar a la ciudadanía sobre los resultados de las acciones realizadas en respuesta a las denuncias ambientales.
Artículo 4º-. El “Buzón Ambiental” se instalará en puntos estratégicos de la ciudad, tales como el edificio municipal, plazas, centros comunitarios, y otros lugares públicos de alta concurrencia.
Artículo 5º-. La autoridad de aplicación de la presente ordenanza será el Área de Higiene, Seguridad y Medio Ambiente de la Municipalidad de Puesto Viejo. Esta será la encargada de recepcionar y procesar el contenido del “Buzón Ambiental”, tomando las medidas necesarias para investigar y resolver las denuncias recibidas, y en su caso, remitir los hechos a las autoridades pertinentes.
Artículo 6º-. La autoridad de aplicación deberá elaborar un protocolo de recepción, gestión y resolución de las denuncias recibidas a través del “Buzón Ambiental”, priorizando la confidencialidad y la protección de los denunciantes.
Artículo 7º-. Las denuncias recibidas deberán ser investigadas dentro de un plazo razonable, con la correspondiente respuesta y, en su caso, la toma de medidas correctivas por parte de la Municipalidad de Puesto Viejo.
Artículo 8º-. La autoridad de aplicación deberá elaborar un informe trimestral de las denuncias recibidas, las investigaciones realizadas y las acciones emprendidas en cada caso. Dicho informe será de carácter público y deberá ser presentado ante el Concejo Deliberante.
Artículo 9º-. El Departamento Ejecutivo Municipal será el encargado de reglamentar los procedimientos específicos para la implementación del “Buzón Ambiental”, así como de difundir adecuadamente su existencia y promover la participación activa de los vecinos.
Artículo 10º-. DE FORMA. –
SALA DE SESIONES, 17 DE OCTUBRE 2024
Marcelo Eduardo López
Presidente