BOLETIN OFICIAL Nº 134 – 27/11/2024
DECRETO N° 1281-JG/2024.-
EXPTE. N° 200-337/2024.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 AGO. 2024.-
VISTO:
La Ley N° 5.875 “Orgánica del Poder Ejecutivo” y los Decretos N° 1-G/2023, N°15-G/2023 y N° 16-JG/2023; y,
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto N° 16-JG/2023 se aprueba la estructura orgánica funcional de la Jurisdicción “Jefe de Gabinete de Ministros”, siendo necesario efectuar una reestructuración estratégica en la Dirección Provincial de Aeronáutica, suprimiéndola y creando la Agencia Provincial de Aeronáutica, que tendrá como principal objetivo la supervisión y organización de las operaciones aéreas realizadas por las aeronaves del Gobierno Provincial, así como la administración y gestión de los recursos humanos e infraestructura concernientes a la aeronavegación, en forma coordinada con los Organismos Nacionales y Provinciales mediante acciones comunes, compatibilizando los intereses de las distintas jurisdicciones involucradas;
Que, la Ley N° 5.875 faculta al Poder Ejecutivo creación, organización y funcionamiento de sus organismos, resultando oportuno en el presente acto administrativo la creación de la Agencia como organismo dependiente del Jefe de Gabinete de Ministros, a fin de posibilitar de manera más eficiente y fluida el cumplimiento de sus misiones, funciones e incumbencias referidas a la aeronáutica provincial;
Que, de igual modo, resulta necesario y procedente dotar a la Agencia Provincial de Aeronáutica de instrumentos normativos flexibles, susceptibles de permanente actualización y acorde con el continuo avance tecnológico.-
Por ello, en uso de facultades que le son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Modifíquese parcialmente el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, de la Jurisdicción “U” Jefe de Gabinete de Ministros, conforme se indica seguidamente:
SUPRIMASE EN LA:
JURISDICCION: U “JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS”
LA U. de O. “U11B” DIRECCION PROVINCIAL DE AERONAUTICA
CARGO Nº DE CARGOS
DIRECTOR PROVINCIAL DE AERONAUTICA 1
Y CREASE EN LA:
JURISDICCION: “U” JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
LA U. de O. AGENCIA PROVINCIAL DE AERONAUTICA
CARGO Nº DE CARGOS
PRESIDENTE DE LA AGENCIA PROVINCIAL DE AERONAUTICA 1
JEFE DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO 1
JEFE DE DEPARTAMENTO TECNICO 1
TOTAL 3
ARTICULO 2°.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior créase la Agencia Provincial de Aeronáutica dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros.-
ARTICULO 3°.- Apruébese la incorporación de la Agencia Provincial de Aeronáutica a la estructura orgánica funcional de la Jefatura de Gabinete de Ministros que como Anexo I forma parte integrante del presente ordenamiento, manteniéndose la vigencia de la estructura orgánica – funcional de las unidades de organización dependientes de dicha Jurisdicción, según lo previsto en el Decreto N° 16-JG/23.-
ARTICULO 4°.- Apruébese las Misiones y Funciones de la Agencia Provincial de Aeronáutica detalladas en el Anexo II, que forma parte integrante del presente Decreto.-
ARTICULO 5°.- Desígnese, a partir de la fecha del presente Decreto al Señor LEONARDO DAVID VILLARREAL D.N.I. N° 21.731.969 Presidente de la Agencia Provincial de Aeronáutica, cuya remuneración será equivalente a la de Ministro del Poder Ejecutivo.-
ARTICULO 6°.- Autorícese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a transferir, suprimir y crear cargos y efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias a los fines de dar cumplimiento al presente Decreto.-
ARTICULO 7°.- Una vez realizadas las modificaciones pertinentes, lo dispuesto en este Decreto se atenderá con la respectiva partida de Gastos en Personal prevista para la Jurisdicción Jefatura de Gabinete de Ministros, y en caso de resultar insuficiente autorizase a Contaduría de la Provincia a realizar las transferencias de créditos necesarias tomando fondos de la partida prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro 1-1-1-1-1-20 para refuerzo de Partidas de Personal y Reestructuraciones.-
ARTICULO 8°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Jefe de Gabinete de Ministros y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 9°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial, y siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Oficina Anticorrupción. Cumplido, vuelva a la Jefatura de Gabinete de Ministros a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR
ANEXO II
AGENCIA PROVINCIAL DE AERONAUTICA
MISION: La Agencia Provincial de Aeronáutica tendrá a su cargo todos los asuntos vinculados a la aeronavegación dentro del territorio de la Provincia y de todo lo relacionado en esa materia en cuanto resulte de competencia provincial y en concordancia con la legislación vigente.
FUNCIONES: La Agencia Provincial de Aeronáutica tendrá como funciones las siguientes:
- Organizar, supervisar y gestionar la Infraestructura; el desarrollo aeronáutico provincial y la prestación de servicios aéreos.-
- Ejecutar las acciones necesarias para, el cumplimiento de las competencias asignadas de manera de propender a obtener la máxima seguridad en las prestaciones.-
- Administrar, instruir y supervisar pilotos, y/o técnicos afectados directamente a las operaciones de vuelo, como así también la dependencia operativa del encargado y del personal que desempeñe tareas complementarias y de apoyo en el hangar del Aeropuerto Internacional Dr. Horacio Guzmán.-
- Administrar, supervisar y gestionar el mantenimiento de las aeronaves pertenecientes al Gobierno Provincial.-
- Representar al Gobierno Provincial en la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), y ante el sistema aeroportuario nacional.
- Fomentar la aeronavegación, dentro de un marco compatible con el normal desarrollo de la vida de la comunidad y de protección del medio ambiente, de los usuarios y consumidores de los servicios aeronáuticos, adoptando las medidas de control necesarias para optimizar la seguridad de los vuelos.-
- Fomentar la aeronavegación, dentro de un marco compatible con el normal desarrollo de la vida de la comunidad y de protección del medio ambiente, de los usuarios y consumidores de los servicios aeronáuticos, adoptando las medidas de control necesarias para optimizar la seguridad de los vuelos.-
- Programar y diseñar la coordinación de actividades con los Organismos Nacionales y Provinciales con acciones comunes, compatibilizando los intereses de las distintas jurisdicciones involucradas.
- Colaborar con traslados aéreos en situaciones de emergencias, provincial y/o nacional, como así también la evacuaciones sanitarias requeridas por el Estado en cumplimiento de sus obligaciones.-
- Formular políticas y planes estratégicas tendientes a desarrollar y fomentar el desarrollo de la aviación general y comercial en la Provincia.-
- Asesorar al Poder Ejecutivo en todo lo relativo a la materia de su competencia.-
- Intervenir en la elaboración de proyectos vinculados a la materia de su competencia, propiciando la revisión y actualización periódica de reglamentos y/o procedimientos.-
- Realizar las demás funciones que le asigne la superioridad dentro de la materia de su competencia.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR