BOLETIN OFICIAL Nº 133 – 25/11/2024
Nº 36.- ESCRITURA NUMERO TREINTA Y SEIS.- CESION DE CUOTAS SOCIALES DE CLINICA DE OJOS S.R.L.- REALIZADA POR ERNESTO SIUFI A FAVOR DE LUCAS SIUFI.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los diecisiete días del mes de Febrero del año dos mil veintidós, ante mí, MARIA VERONICA CUADRI ESCUDERO, Escribana Pública Autorizante, Titular del Registro Notarial Número Nueve, COMPARECEN: por una parte ERNESTO SIUFI, argentino, D.N.I. N° 4.702.321, CUIL N° 20-204702321-2, nacido el 20/09/1948, casado en primeras nupcias con Beatriz Elvira Guerci, con domicilio real en calle Alvear Nº 1317 de esta ciudad, de profesión médico, por la otra parte LUCAS SIUFI, argentino, DNI Nº 24.802.992, C.U.I.L. Nº 20-24802992-8, nacido el 13/09/1975, casado en primeras nupcias con Mariela Susana Tonelli, con domicilio real en Ruta Provincial Nº 2, Lote 100 del Barrio El Cortijo, La Almona, de esta ciudad, de profesión médico, los comparecientes son personas mayores de edad, hábiles, a quienes afirmo son personas de mi conocimiento, doy fe.- Expresan bajo juramento que sobre sus personas no hay inscripta restricciones a la capacidad o declaración de incapacidad en los términos de los artículos 44 y 45 del Código Civil y Comercial de la Nación Intervienen por sus propios derechos.- CAPITULO I: EXPOSICION: I) El Doctor Ernesto SIUFI, manifiesta su voluntad de celebrar una Transferencia de las Cuotas Sociales que es titular en la sociedad que gira en esta plaza bajo la denominación de “CLINICA DE OJOS JUJUY S.R.L., CUIT Nº 30-68741655-0, acreditando la existencia legal de la sociedad que representa, así como el carácter invocado y facultades para este otorgamiento, con la documentación que relacionaré al final de la presente en el acápite Legitimaciones Notariales.- II) Que, en reunión de socios celebrada el día seis de Agosto del año 2021, se resolvió con el voto unánime de los socios integrantes de la sociedad los doctores José Luis Zarif, doscientas (200) cuotas, Andrea Verónica Ase, doscientas (200) cuotas, y la Dra. Laura Vidal, doscientas (200) cuotas en representación de los herederos en la Sucesión del Dr. César Vidal, con la abstención del voto del Dr. Ernesto Siufi, aprobar la petición del Dr. Ernesto Siufi de realizar la cesión de sus cuotas sociales a favor de su hijo, aprobando en consecuencia la incorporación del Dr. Lucas Siufi en su carácter de cesionario de los derechos de su padre, como socio y que continua con el uso y goce de los derechos societarios que adquiere con la transferencia de las cuotas sociales de titularidad de su padre el Doctor Ernesto Siufi, y disponer la inmediata inscripción de la cesión de los derechos y acciones a su favor.- III) El Doctor Ernesto SIUFI, continua diciendo que es su deseo donar y transmitir a título gratuito a favor de su hijo Lucas SIUFI que ejerce su misma profesión como médico oftalmólogo, cederle las cuotas sociales de su propiedad en carácter de anticipo de herencia parcial, sin reserva del usufructo ni cargo alguno, en los términos y condiciones establecidos a continuación.- IV), Por todo ello, solicitan mi intervención profesional; interpreto esa voluntad y redacto la misma de la siguiente forma: CAPITULO II: ESTIPULACION: PRIMERO: El Doctor Ernesto SIUFI, es titular actualmente de doscientas (200) cuotas sociales, con valor nominal de pesos Diez ($10) cada una, que representan el veinte por ciento (20%) del capital social de la sociedad “CLINICA DE OJOS JUJUY S.R.L.”.- SEGUNDO: CESION: El Doctor Ernesto SIUFI, (EL CEDENTE) dice por este acto CEDE Y TRANSFIERE a título gratuito a favor de su hijo legítimo Lucas SIUFI, (EL CESIONARIO) la totalidad de las cuotas sociales que tiene y le corresponden en la sociedad “CLINICA DE OJOS JUJUY S.R.L.”, o sea la cantidad de 200 cuotas sociales de valor nominal de Pesos Diez ($ 10) cada una representativas del veinte por ciento del capital social.- Asimismo, El CEDENTE transfiere a favor de EL CESIONARIO todos los derechos y acciones que le corresponden o pudieran corresponder sobre las cuotas cedidas en la sociedad a las cuales renuncia sin limitación alguna a favor del CESIONARIO, a quién subroga y coloca en su mismo lugar, grado y orden de prelación.- TERCERO: ACEPTACIÓN: El Doctor Lucas SIUFI, impuesto del contenido de la presente cesión de cuotas, presta su total conformidad y aceptación, en todas sus partes, teniendo pleno conocimiento de la situación, del estado financiero, económico y de los negocios y operaciones de la sociedad, expresa que conoce y acepta los instrumentos públicos y privados que acreditan la existencia legal de la sociedad y rigen su funcionamiento.- CUARTO: DECLARACIONES COMPLETARIAS: El Cedente dice: a) Que no se encuentra impedido ni inhibido para ceder sus bienes y efectuar el presente acto.- b) Que atento que la cesión instrumentada por este acto no altera ninguna de las cláusulas del contrato social, no se requiere la modificación de su texto.- c) Que la totalidad de las Cuotas Sociales aquí cedidas se encuentran emitidas, suscriptas e integradas, sin que existan respecto de éstas restricciones que afecten en forma alguna los derechos patrimoniales, políticos o de cualquier otro orden que a aquellas corresponden. d) No pesan sobre ellas gravamen, prendas, cauciones o restricciones de naturaleza alguna.- QUINTO: DECLARACION JURADA: UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA: Lucas SIUFI, declara bajo fe de juramento, no ser persona expuesta políticamente en los términos de la Ley de la UIF 25.246, y no estar incluida en la nómina proporcionada por la UIF, de personas vinculadas al lavado de activos y financiación del terrorismo, según la página web ww.uif.gov.ar:8080/lut/Vista/List-of-terrorist.aspx.– SEDE SOCIAL: Que la razón Social “CLINICA DE OJOS JUJUY S.R.L. C.U.I.T. Nº 30-6871655-0. Que declaran bajo juramento que la firma antes mencionada tiene su Sede Social en calle SARMIENTO Nº 450, de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, manifestando que en dicho domicilio funciona efectivamente el centro principal de la Dirección y Administración de las actividades de la entidad.- Que la casilla de correo que utiliza la sociedad es cliojos@imagine.com.ar.- Que el teléfono de contacto es: 0388 4222671 SEXTO: NOTIFICACIÓN A LA GERENCIA: EL CESIONARIO, asume la obligación en forma expresa y a los efectos estatutarios que correspondan, de notificar la cesión de cuotas celebrada en este instrumento a la gerencia de la sociedad.- SEPTIMO: QUEDA CONFORMADA DE LA SIGUIENTE MANERA: En consecuencia la sociedad queda conformada con los siguientes socios: 1) el socio José Luis ZARIF doscientas (200) cuotas sociales, con valor nominal de pesos Diez ($10) cada una, que representan el veinte por ciento (20%) del capital social.- 2) Andrea Verónica ASE doscientas (200) cuotas con valor nominal de pesos Diez ($10) cada una, que representan el veinte por ciento (20%) del capital social.- 3) César Alberto VIDAL (hoy su sucesión), doscientas (200) cuotas, por un valor nominal de pesos Diez ($10) cada una, que representan el veinte por ciento (20%).- 4) el Socio Lucas SIUFI de doscientas (200) cuotas sociales, con valor nominal de pesos Diez ($10) cada una, que representan el veinte por ciento (20%) del capital social.- 5) siendo el quinto socio “La Sociedad” CLÍNICA DE OJOS JUJUY S.R.L, es titular de doscientas (200) cuotas con valor nominal de pesos Diez ($10) cada una, que representan el veinte por ciento (20%) del capital social.- OCTAVO: CONSTANCIAS NOTARIALES: I) Antecedentes: Que se justifica la existencia de la entidad y el carácter invocado con la siguiente documentación: a) Que, la sociedad “CLINICA DE OJOS JUJUY S.R.L., CUIT Nº 30-68741655-0, ha sido constituida según las leyes de la República Argentina (en adelante, la “Sociedad”), tiene domicilio legal en la calle Sarmiento Nº 450, de esta ciudad, constituida bajo el nombre de Instituto de Ojos S.R.L., mediante instrumento privado de fecha 04/11/1.996, se encuentra inscripta en el Registro Público de Comercio con fecha 09/04/1.997 al Folio 452, Acta 449, del Libro I de S.R.L., de Sociedades de Responsabilidad Limitada, y con copia bajo Asiento 44, Folio 227/229, del Legajo III Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles.- b) Cesión de Cuotas Sociales a favor de Cesar Alberto Vidal y Modificación del Contrato Social suscripta en Escritura Publica Nº 219 de fecha 08/05/1.998, autorizada por el Escribano Alfredo Luis Benítez (h) Titular del Registro Nº 2, inscripta en el Registro Público de Comercio bajo Asiento N° 7, Folio 22/24 del Legajo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L..- c) Modificación de Contrato social suscripto en Escritura Publica Nº 299 de fecha 19/10/2.001 autorizada por el Escribano Jorge Alberto Frías Titular del Registro Nº 35, inscripta en el Registro Público de Comercio con fecha 22 de noviembre del año 2.001, bajo Asiento 37, Folio 189/190 del Legajo IX de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L.- d) Acta de fecha 12/05/2005 de Modificación de Contrato por Cambio de la denominación social de Instituto de Ojos S.R.L. por “’Clínica de Ojos Jujuy S.R.L.” y también se cambia el domicilio social a calle Sarmiento N° 450 de esta Ciudad, inscripta en el Registro Público de Comercio con fecha 14/06/2.005 bajo Asiento 28, Folio 121/123 del Legajo VIII de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L..- e) Cesión de Derechos y Acciones a favor de Andrea Verónica Ase, celebrada en Escritura Publica Nº 919 de fecha 14/07/2.006, autorizada por el Escribano Patricio Lacsi Titular del Registro Nº 25, inscripta en el Registro Público de Comercio con fecha 28 de diciembre del año 2.011, bajo Asiento 74, Folio 349/352 del Legajo XIV Tomo III de marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L.- f) Acta de fecha 31/03/2.010 de Modificación del Contrato Social de la cláusula séptima, en la cual se ratifica la designación de los Socios José Luis Zarif y Francisco Abraham Jure como Gerentes Titulares y al Doctor Ernesto Siufi como Gerente Suplente, inscripta en el Registro Público de Comercio con fecha 30 de abril del año 2010, bajo Asiento23, Folio 104/105 del Legajo XIII Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L.- g) Acta N° 25 de fecha 5 de abril de 2.017 en la que se prorroga el plazo de duración de la sociedad por diez (10) años contados desde fecha 9 de abril de 2.017, inscripta en el Registro Público de Comercio de esta Provincia con copia bajo Asiento N° 20, Folio 278/281 del Legajo XX. Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., en fecha 9 de junio de 2.017.-h) Cesión de Cuotas Sociales realizada por José Francisco Jure a favor de la sociedad Clínica de Ojos Jujuy S.R.L. celebrada en fecha 29 de junio del año 2.021, la que se inscribirá en la Dirección Provincial de Sociedades coetáneamente con la presente cesión aquí celebrada.- NOVENO: ASENTIMIENTO CONYUGAL: Presente en este acto la señora BEATRIZ ELVIRA GUERCI, argentina, D.N.I. Nº 6.054.867, CUIL Nº 27-06054867-1, nacida el 11/07/1949, casada en primeras nupcias con Ernesto Siufi, con igual domicilio, hábil, a quien identifico en virtud del inciso b) del artículo 306 del Código Civil y Comercial, doy fe, manifiesta que presta su asentimiento a la cesión de las cuotas sociales que por la presente realiza su cónyuge de conformidad con las disposiciones del Artículo 470 del Código Civil y Comercial.- DECIMO: APODERAMIENTO ESPECIAL: Autorizaciones con relación a lo precedentemente celebrado, se faculta en especial a la Doctora ANDREA CLAPIER, DNI Nº Nº21.419.158, abogada del foro local y/o a la Escribana Autorizante Titular del Registro Notarial Nº9, respectivamente, para en forma conjunta, separada, alternada y/o indistintamente realicen los tramites de inscripción de la presente cesión ante la Dirección Provincial de Sociedades o ante cualquier otra autoridad competente.- A tal efecto, las facultan para aceptar y/o proponer las modificaciones que dicho organismo estimare procedentes, firmando todos los instrumentos públicos y privados necesarios, como así también para desglosar y retirar constancias de los respectivos expedientes y presentar escritos. Igualmente se lo faculta para interponer en su caso los recursos que la ley 19.550, el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, la ley Orgánica de la Autoridad Registral y la Ley de Procedimientos Administrativos prevén, firmando también todos los escritos, documentos y escrituras públicas que se requieran para tal fin, hasta lograr la inscripción definitiva. Asimismo, se la autoriza para realizar todos los tramites que sean necesarios ante entidades financieras, la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) a fin de solicitar el CUIT u otro trámite administrativo necesario, Dirección General Impositiva, Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, Direcciones Generales de Rentas y/o todo otro organismo público o privado, quedando facultadas incluso para solicitar la publicación del aviso en el diario de publicaciones legales, en fin pueda realizar todos los demás actos, gestiones y diligencias sean conducentes para el mejor desempeño del presente, conforme a las normas del Código Civil y Comercial de la Nación – Ley 26.944.- Previa lectura y ratificación, firman los comparecientes, por ante mí, doy fe.- ESC. MARIA VERONICA CUADRI ESCUDERO- TIT. REG. Nº 9- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-
FISCALÍA DE ESTADO
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
RESOLUCION Nº 448-DPSC-2024.-
CORRESPONDE A EXPTE. Nº 0301-372/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 de Julio de 2024.-
VISTO:
Las actuaciones de referencia en las que la Dra. Andrea Fabiana Clapier en el carácter de autorizada de la firma “Clínica de Ojos Jujuy S.R.L.” solicita, la Inscripción del Contrato de Cesión de Cuotas Sociales de la razón social Clínica de Ojos Jujuy S.R.L.”.- CONSIDERANDO:
Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos
Por ello:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO
RESUELVE:
ARTICULO 1°: ORDENAR la publicación de Edictos en el Boletín Oficial por un día la Escritura Publica nº 36 Cesión de Cuotas Sociales de Clínica de Ojos S.R.L. Instrumento Publico obrante a fs. 03/06 pasada por ante la Escribana Publica María Verónica Escudero Titular del Registro Notarial nº 9.-
ARTÍCULO 2°: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
25 NOV. LIQ. Nº 38138 $1.100,00.-