BOLETIN OFICIAL Nº 133 – 25/11/2024
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAIMARA.-
ORDENANZA N° 063/HCDM/2024.-
“ADHESIÓN AL SISTEMA DE PUNTOS APLICABLE A LA LICENCIA NACIONAL DE CONDUCIR Y A LOS CONTENIDOS MÍNIMOS DE CURSOS PARA RECUPERO PARCIAL Y TOTAL DE PUNTOS ESTABLECIDOS EN EL DECRETO NACIONAL N° 437/2011”
VISTO
La Ley Orgánica de los Municipios N° 4466/89 y modificatorias.
El Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Maimará.
La implementación de la Licencia Nacional a la Municipalidad de Maimará;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N. 4.870 la Provincia de Jujuy adhirió a la Ley Nacional de Tránsito N° 24 449 y su adhesión por medio de la Ordenanza N° 19/2021;
Que, mediante Ley Nº 5.577 la Provincia de Jujuy adhirió a la Ley de Creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial N. 26.363 y su Adhesión por la Ordenanza N° 047/2023;
Que, en el año 2.007, se suscribió el CONVENIO FEDERAL SOBRE ACCIONES EN MATERIA DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL entre los representantes del Estado Nacional y el resto de las Jurisdicciones, incluyendo nuestra provincia;
Que, el mismo fue ratificado por el Poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto N° 1:232/2007 y por el Honorable Congreso de la Nación mediante Ley N 26.353
Que, entre las medidas acordadas en dicho Convenio, se encuentra la prevista en la Cláusula Cuarta, en referencia a la adopción del Sistema Unificado de Puntajes aplicable a la Licencia Nacional de Conducir, con el objetivo de unificar en todas las jurisdicciones los parámetros del mismo.
Que, mediante Decreto Nacional N. 1.716/08, reglamentario de la Ley Nacional N° 28.363, se aprobó como Anexo V el SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR (Si.Nac.Lic), estableciéndose como una de sus funciones la de administrar el Sistema de Puntos aplicable a la Licencia Nacional de Conducir.
Que, por su parte, mediante Decreto Nacional N. 242/2.022 se incorporó al Decreto Nacional N. 437/2011 соmo Anexos II y III, el Sistema de Puntos aplicable a la Licencia Nacional de Conducir y los Contenidos mínimos de cursos para recupero parcial y total de puntos, respectivamente
Que, la Municipalidad de Maimará reconoce a la Seguridad Vial como parte del amplio concepto de Seguridad Ciudadana, legislando en la búsqueda permanente de una mayor tutela para la vida e integridad física de las personas y sus bienes.
Que con dicho objetivo se pretende sumar esfuerzos entre los organismos públicos, tanto Nacionales, Provinciales y Municipal, con funciones relacionadas a la Seguridad Vial.
Que, el referido trabajo mancomunado entre los organismos competentes, significa dar continuidad a la consolidación de políticas públicas viales establecidas a nivel Nacional.
Que, en virtud de lo expuesto, en cumplimiento de los compromisos asumidos por la provincia de Jujuy con el objetivo de unificar normativa en materia de seguridad vial, corresponde adherir a los Anexos II y III del Decreto Nacional N.” 437/2011.
Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de los Municipios N°4466/89 y modificatorias, y el Reglamento Interno Del Concejo Deliberante de Maimará;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MAIMARÁ SANCIONA CON FUERZA DE LEY, LA ORDENANZA N°063/2024/HCDM “ADHESIÓN AL SISTEMA DE PUNTOS APLICABLE A LA LICENCIA NACIONAL DE CONDUCIR Y A LOS CONTENIDOS MÍNIMOS DE CURSOS PARA RECUPERO PARCIAL Y TOTAL DE PUNTOS ESTABLECIDOS EN EL DECRETO NACIONAL N° 437/2011”.
ARTICULO N° 1: Adherir al Sistema de Puntos aplicable a la Licencia Nacional de Conducir establecido en el artículo 1° del Decreto Nacional N° 437/2.011, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
ARTICULO N° 2: Adherir a los contenidos mínimos de cursos para recupero parcial y total de puntos establecido en el artículo 2° Bis del Decreto Nacional N° 437/2.011, que como Anexo II forma parte integrante del presente.
ARTICULO N° 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal -Secretaria de Gobierno, Dirección de Tránsito, Tesorería y Personal-.
ARTICULO N° 4; De forma, publíquese, oportunamente archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Maimará la Sesión Ordinaria, a los 7 días del mes de Noviembre del año 2024.-
Pablo M. Ramos
Presidente
ANEXO I
SISTEMA DE PUNTOS APLICABLES A LA LICENCIA NACIONAL DE CONDUCIR
ARTICULO 1: Adherir al Sistema de Puntos aplicable a la Licencia Nacional de Conducir establecido en el Artículo 1° del Decreto Nacional N° 437/2011, que como Anexo I forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2: A partir de la entrada en vigencia del presente régimen se otorgará a la LICENCIA NACIONAL DE CONDUCIR, un saldo de VEINTE (20) puntos, los que serán restados en forma gradual de la misma conforme al régimen sancionatorio provincial para las sanciones que se encuentren firmes.- Para el efectivo descuento de puntos, el conductor deberá estar debidamente identificado en el Acta de Infracción, con excepción de las que se generen mediante medios de constatación automáticos o semiautomáticos. En este último supuesto el descuento de puntos recaerá sobre el titular registral del vehículo, a no ser que este compruebe que lo había enajenado o no estaba bajo su tenencia o custodia, denunciando al comprador tenedor o custodio
ARTICULO 3: En caso de concurso de faltas, se descontará como máximo QUINCE (15) puntos o la sumatoria de los mismos en caso que fuere menor.
ARTÍCULO 4: La pérdida total de puntos, conlleva la inhabilitación por los siguientes periodos:
1- Para el caso en que la pérdida de puntos sea por primera vez, la inhabilitación será por un periodo de SESENTA (60) días.
2- Para la segunda pérdida total de puntos, la inhabilitación será por un periodo de CIENTO VEINTE (120) días En la tercera inhabilitación, el mismo se incrementará a CIENTO OCHENTA (180) días y para las siguientes, se irá duplicando sucesivamente
Los plazos establecidos en los incisos 1 y 2 del presente artículo serán reducidos a la mitad en los casos de que se trate de licencias de conducir profesionales. Accesoriamente de las inhabilitaciones previstas en les incisos 1 y 2 del presente artículo deberán realizar y aprobar cursos de segundad vial.
Los mismos, deberán estar debidamente autorizados por la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Una vez cumplidos los periodos de habilitación indicados en el presente artículo, el conductor recibirá nuevamente el saldo de puntos aplicable a la Licencia de Conducir estipulado en el artículo 1ro. del presente régimen.
ARTÍCULO 5: El recupero de puntos para los casos que tengan un saldo parcial mayor a CERO (0) será realizado del siguiente modo:
1.- Por transcurso de tiempo, cuando la persona no hubiere recibido sanciones de tránsito firmes durante un periodo de DOS (2) años; en cuyo caso, recuperar la totalidad de los puntos siempre que el conductor, durante ese lapso, no hubiere alcanzado los CERO (0) puntos.
2- Por la realización y aprobación de cursos de seguridad vial, los que otorgaran un máximo de CUATRO (4) puntos por cada uno de ellos, no pudiéndose acumular más que los puntos indicados en los incisos 1 y 2 del presente artículo. La realización de los cursos y recupero de puntos plasmado en el presente apartado, no podrá ser efectuada con una periodicidad menor a DOS (2) años. Para el caso de que se trate de licencias de conducir profesionales, el recupero de los puntos del modo aquí indicado se realizará con periodicidad anual.
ARTICULO 6: El saldo de puntos establecido en el artículo 1° del presente sistema podra ser modificado por la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, conforme a los distintos plazos de otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir, tal como surge de lo previsto en el artículo 25 Anexo I del Decreto N° 1716/08, modificatorio del artículo 13 del Anexo I del Decreto N 779/95.
ARTÍCULO 7: LA AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIA, definirá la modalidad y plazos de implementación del presente Sistema de Puntos.
Pablo M. Ramos
Presidente
ANEXO II
CONTENIDOS MINIMOS DE CURSOS PARA RECUPERO PARCIAL Y TOTAL DE PUNTOS
Todo curso de seguridad vial que se dicte como requisito previo y necesario para el recupero de puntos deberá incorporar en su curricula los siguientes contenidos mínimos:
A) Contenidos mínimos para cursos de recupero parcial de puntos:
1.- Seguridad Vial y la cultura. 4 horas
El hecho vial como hecho social, magnitud del problema vial y su impacto
La distinción entre siniestro y accidente. El individuo, la sociedad y la cultura. Relación entre estos componentes. El espacio público como escenario de conflicto y de manifestación cultural. Reconocimiento del otro. Actitudes frente a los demás
2- Cómo generar hábitos responsables. 3 horas
Cultura de riesgo vial. Reconocimiento del riesgo en la actitud imprudente. El tránsito como sistema en el que todos participamos. Uso compartido de la vía pública. Nociones de ciudadanía. Romper la anomia actual. La ley y valores en democracia. Convivencia responsable. Análisis de publicidades y actores promotores de “malos” hábitos o conductas nocivas. Publicidad y género. La toma de decisiones de manera consciente
3- Conducción segura. 3 horas
Responsabilidad del conductor. Artículo 39 de la Ley N° 24.449. Obligaciones, deberes y responsabilidades. Documentación y elementos de seguridad Artículos 37 y 40 de dicha ley.
Reglas de circulación. Repaso de todas, importancia de su respeto y consecuencias de su
Incumplimiento
4- Condición psicofísica. 1 hora.
Factores que afectan la aptitud del conductor: Alcohol, drogas, medicamentos, cansancio, fatiga, estrés, enfermedades, velocidad, estados nerviosos. Importancia de los sentidos, visión, audición, capacidades motoras y tiempo de reacción. Factores distractores celular, cigarrillo, etc.
5- Evaluación de comprensión de contenidos. 1 hora
Destinatarios
Infractores a la Ley N. 24.449 que requieran el recupero parcial de puntos de la Licencia Nacional de Conducir, toda vez que han resultado sancionados accesoriamente con la quita parcial de estos.
Fundamentación. Objetivo
Corregir la conducta especifica que los trae al sistema de cursos de recupero en el caso de que sea parcial, pero así también modificar las actitudes riesgosas para la convivencia saludable en el espacio público.
Modalidad
Las jornadas serán orientadas a la concientización, exponiendo los contenidos generales. Instancia de reeducación apelando a la comprensión de los posibles resultados dañosos tanto a las cosas como a las personas.
El desarrollo de la misma debe realizarse mediante videos y contenidos normativos, donde se reeduque sobre las reglas de circulación y la conducta o actitud de anomia del Ciudadano frente a la normativa vial.
Tener en cuenta que si bien el curso se aplica como mecanismo de recupero de puntos de la LNC, habrá público diverso, pudiendo el mismo no tener estudios, por lo que se buscará utilizar lenguaje claro y de fácil comprensión, así como será necesario la evacuación de dudas sobre lo visto en cada una de las jornadas
B) Contenidos mínimos para cursos de recupero total de puntos:
1- Seguridad Vial y la cultura. 4 horas
El hecho vial como hecho social, magnitud del problema vial y su impacto.
La distinción entre siniestro y accidente. Factor humano, ambiente y vehicular. El individuo, la sociedad y la cultura. Relación entre estos componentes. El espacio público como escenario de conflicto y de manifestación cultural. Reconocimiento del otro. Actitudes frente a los demás
2- Como generar hábitos responsables. 3 horas.
Cultura de riesgo vial. Reconocimiento del riesgo en la actitud imprudente. El transito como sistema en el que todos participamos. Uso compartido de la vía publica. Nociones de ciudadanía. Romper la anomia actual. La Ley y valores en democracia. Convivencia responsable. Análisis de Publicidades y actores promotores de “malos” hábitos o conductas nocivas. Publicidad y género. La toma de decisiones de manera consciente
3- Marco Normativo. 2 horas
Importancia de su cumplimiento como incorporación de normas creadas por y para salvaguardar la integridad física de las personas en el espacio público, y no como mera imposición del estado. Libertad de tránsito VS. Control del Estado.
4- Conducción segura. 4 horas
Responsabilidad del conductor, Articulo 39 de la Ley N° 24.440. Obligaciones, deberes y responsabilidades. Documentación y elementos de seguridad. Artículos 37 y 40 de dicha ley. Reglas de circulación. Estudio minucioso. Prohibiciones y faltas.
5- Condiciones adversas. 2 horas
Climáticas (Nocturnidad, lluvia, niebla, humo, nieve) o de la superficie (Hielo, agua, ripio, tierra, mal estado de la calzada), Recomendaciones de seguridad para cada caso.
6- Condición psicofísica. 2 horas
Factores que afectan la aptitud del conductor: Alcohol, drogas, medicamentos, cansancio, fatiga, estrés, enfermedades, velocidad, estados nerviosos, celular. Importancia de los sentidos, visión, audición, capacidades motoras y tiempo de reacción. La atención en la conducción sostenida, selectiva o múltiple. Factores distractores: celular, cigarrillo, mate, etc.
7- Seguridad automotriz. 3 horas
Seguridad activa y pasiva. Ayudas a la conducción. Reconocimiento de su utilización y reacción, ESP/Airbag/ABS/ASR, Mantenimiento del vehículo. Control de fluidos, estado de neumáticos. Cuando recurrir a un especialista. Utilización correcta de los elementos do seguridad. SRI, apoyacabezas, cinturón, casco. Carrocería de deformación programada.
8- Impacto de un siniestro. 3 horas
Testimonios de víctimas o familiares de víctimas. Concientización sobre el impacto en el entorno familiar y la sociedad como conjunto. Imposibilidad de retrotraer las cosas a su estado anterior, Instancia de reflexión. Repaso de contenidos y resolución de consultas
9- Evaluación de comprensión de contenidos. 2 horas
Modalidad
Las jomadas serán orientadas a la concientización, exponiendo los contenidos generales, con el objetivo de modificar las actitudes riesgosas para la convivencia saludable en el espacio público.
Instancia de reeducación apelando a la comprensión de los posibles resultados dañosos, tanto a las cosas como a las personas.
El desarrollo de la misma debe realizarse mediante videos y contenidos normativos, donde se reeduque sobre las reglas de circulación y la conducta o actitud de anomia del ciudadano frente a la normativa vial.
SE RECOMIENDA USAR LENGUAJE CLARO Y DE FÁCIL COMPRENSIÓN, ASÍ COMO SERÁ, NECESARIO UN ESPACIO PARA LA EVACUACIÓN, DE DUDAS SOBRE LO VISTO EN CADA UNA DE LAS JORNADAS
Pablo M. Ramos
Presidente