BOLETIN OFICIAL Nº 133 – 25/11/2024
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETO N° 3033.24.006.-
EXPEDIENTE N° 16–16680-/2024 -1.-
San Salvador de Jujuy, 25 de Noviembre 2024.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 8088/2024, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 18/2024, celebrada el día 14 de Noviembre de 2024, mediante el cual se establecen los requisitos que deben cumplir en forma previa al ejercicio y desarrollo de actividades económicas, lucrativas o no, las personas humanas y jurídicas: y las funciones y facultades que tiene la Autoridad de Aplicación, de acuerdo a lo establecido en los artículos subsiguientes de la Ordenanza antes mencionada; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Gobierno Dr. ALDAO FASCIO EZEQUIEL, el mismo estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DE LACIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8088/2024, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 18/2024, el día 14 de Noviembre de 2024, mediante la cual se establecen los requisites que deben cumplir en forma previa al ejercicio y desarrollo de actividades económicas, lucrativas o no, las personas humanas y jurídicas: y las funciones y facultades que tiene la Autoridad de Aplicación, de acuerdo a lo establecido en los artículos subsiguientes de la Ordenanza antes mencionada.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Dr. ALDAO FASCIO EZEQUIEL, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Secretaría de Gobierno, y a las Unidades de Organización que tengan injerencia en el tema, Coordinación General de Comunicación, y a las distintas Secretaría que conforman el Departamento Ejecutivo. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
Arq. Raul Jorge
Intendente