BOLETIN OFICIAL Nº 133 – 25/11/2024

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETO N° 3033.24.006.-

EXPEDIENTE N° 16–16680-/2024 -1.-

San Salvador de Jujuy, 25 de Noviembre 2024.-

 

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 8088/2024, sancionado por el Concejo Deliberante de la  Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 18/2024, celebrada el día 14 de Noviembre de 2024, mediante el cual se establecen los requisitos que deben cumplir en forma previa al ejercicio y desarrollo de actividades económicas, lucrativas o no, las personas humanas y jurídicas: y las funciones y facultades que tiene la Autoridad de Aplicación, de acuerdo a lo establecido en los artículos subsiguientes de la Ordenanza antes mencionada; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Gobierno Dr. ALDAO FASCIO EZEQUIEL, el mismo estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DE LACIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

 

ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8088/2024, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 18/2024, el día 14 de Noviembre de 2024, mediante la cual se establecen los requisites que deben cumplir en forma previa al ejercicio y desarrollo de actividades económicas, lucrativas o no, las personas humanas y jurídicas: y las funciones y facultades que tiene la Autoridad de Aplicación, de acuerdo a lo establecido en los artículos subsiguientes de la Ordenanza antes mencionada.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Dr. ALDAO FASCIO EZEQUIEL, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Secretaría de Gobierno, y a las Unidades de Organización que tengan injerencia en el tema, Coordinación General de Comunicación, y a las distintas Secretaría que conforman el Departamento Ejecutivo. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

 

Arq. Raul Jorge

Intendente