BOLETIN OFICIAL Nº 133 – 25/11/2024

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPTE. Nº 797-X-2024 c/Agdo. Nº 2675/2024.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE

SAN SALVADOR DE JUJUY SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 8084/2024.-

ARTÍCULO 1°. – En virtud de las disposiciones contenidas en los Artículos 41º y 45º inc.  a)  y  b)  de   la   Ordenanza  Nº 3898/2003,  Ordenanza Nº 6050/2011, y Artículos 43º inc. 28) y 104º de la Carta Orgánica Municipal en vigencia, exímase del pago de la Tasa por Servicio Urbano de Limpieza de la Vía Pública que formula la Señora ESTER SUSANA TAPIA, D.N.I. Nº 12.417.655, por el Período 2024 (Total), correspondiente al inmueble de su propiedad individualizado como Padrón Nº A-69237, ubicado en la calle Teniente Farías Nº 711, 337 Viviendas I Etapa del Distrito Alto Comedero, dada su condición de persona de escasos recursos económicos, con discapacidad y que percibe un haber previsional mínimo. –

ARTÍCULO 2º.- La exención acordada en el Artículo 1º de la presente, no superará en su

conjunto  más  del  veinte por ciento (20%) de la recaudación global  que se perciba por tal

concepto. –

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido, archívese. –

 

SALA DE SESIONES, miércoles 06 de noviembre de 2024.-

 

Dr. Jorge Lisandro Aguiar

Presidente