BOLETIN OFICIAL Nº 133 – 25/11/2024

DECRETO Nº 1988-ISPTyV/2024.-

EXPTE. Nº 612-280/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 NOV. 2024.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2024 – Ley N° 6371, conforme se indica a continuación:

 

TRANSFIÉRESE: (cargo y persona)

 

DESDE:

JURISDICCIÓN: “V” – MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SERV. PÚBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA

  1. DE O.: 2B-DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ARQUITECTURA

 

PERSONAL DE ESCALAFÓN GENERAL – Ley Nº 3161/74

 

CARGO                 CATEGORÍA

1                                             3

 

A:

JURISDICCIÓN: “V” – MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SERV. PÚBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA

  1. DE O.: 1A – DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

 

PERSONAL DE ESCALAFÓN GENERAL – Ley Nº 3161/74

 

CARGO                 CATEGORÍA

1                                             3

 

ARTICULO 2º.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente, transfiérase cargo y persona de la agente Lorena Soledad ROJAS, CUIL N° 27- 31455795-1,Categoría 3 Agrupamiento Administrativo del Escalafón General – Ley N° 3161/74, desde la Planta Permanente de la U. de O: 2B DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ARQUITECTURA, a la U. de O.: 1A DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, ambas pertenecientes a la Jurisdicción “V” MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS PÚBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA.-

ARTICULO 3º.- Las disposiciones del presente Decreto rigen a partir de la fecha del mismo.-

ARTICULO 4º.- Autorizase a la Dirección Provincial de Presupuesto a efectuar las transferencias de créditos que resulten necesarias para atender lo dispuesto en el presente Decreto.-

ARTICULO 5º.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con la respectiva partida de Gasto en Personal que al efecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2024, Ley Nº 6371, asignada a la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Unidad de Organización 1A Dirección General de Administración.-

ARTICULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 7º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado, publíquese en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga a conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Arquitectura y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva a Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR