BOLETÍN OFICIAL Nº 67 – 19/06/15

Icon_PDF_6LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5866

“ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL Nº 27117”

ARTICULO 1º.-Adhiérese la Provincia de Jujuy a la Ley Nacional Nº 27117 que instituye el 30 de noviembre de cada año como el Día Nacional del Mate, en conmemoración del nacimiento de Andrés Guacurarí y Artigas, a fin de promover el reconocimiento permanente de nuestras costumbres.

ARTICULO 2º.-El Poder Ejecutivo de la Provincia, a través del organismo que corresponda, procurará la realización de actividades conmemorativas en la fecha mencionada, a fin de promover el arraigo de la costumbre del mate en la Provincia de Jujuy.

ARTICULO 3º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de Abril de 2015.-

Dr. Jorge Oscar Rodríguez

Secretario Parlamentario-Legislatura de Jujuy

Dr. Guillermo E. M. Snopek

Vice-Presidente 1º a/c de Presidencia-Legislatura de Jujuy

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. Nº 200-69/2015.-

CORRESP. A LEY Nº 5866.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 MAY. 2015.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón, Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Jefatura de Gabinete de Ministros, Secretaría de Cultura y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR