BOLETIN OFICIAL Nº 132 – 22/11/2024

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN

ORDENANZA Nº 934/CD/2.024.-

CIUDAD EL CARMEN, 11 JUL. 2.024.-

VISTO:

Decretos Provinciales N° 4493- G- 2017(aprueba el Acuerdo Marco de Cooperación y el Convenio Específico de Cooperación y Asistencia Técnica N° 1 suscripto entre el Ministerio de Modernización de la Nación y la Provincia de Jujuy), N° 9070-G-2019 (aprueba el cuerpo de disposiciones que constituye el reglamento de la Ley Provincial N° 5.425 por la cual la Provincia de Jujuy adhiere a la Ley Nacional N° 25.506 de "Firma Digital") Decreto Acuerdo N° 9630-PEyM-2023 que reglamenta el procedimiento Administrativo del Expediente Electrónico, las Leyes N° 6016 (de Modernización de la Administración Pública) y N° 6260 (de Digitalización De Procedimientos Administrativos”) con su decreto reglamentario N° 9360-PEyM-2023; la Ley Orgánica de Municipios Nº 4466 artículo 99, el Reglamento Interno del Concejo Deliberante de El Carmen artículo 119; y…

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6016 de “Modernización de la Administración Pública de la Provincia de Jujuy”, tiene por objeto fortalecer el Estado Provincial en su rol de principal garante del bien común y adaptar su funcionamiento a las exigencias tecnológicas del Siglo XXI.

Que es necesario y conveniente para el Municipio de El Carmen adherir a dicha Ley con el fin de mejorar la gestión pública local, incorporando nuevas tecnologías, desarrollando infraestructura informática y simplificando los procedimientos administrativos.

Que la modernización de la administración pública permitirá una mayor transparencia y participación ciudadana, así como la optimización del uso de los recursos públicos.

Que, al ejecutarse el Plan de Modernización permitirá a las distintas Unidades de Organización del Ejecutivo Municipal:

a) Utilizar herramientas y plataformas digitales/informáticas que permitan desarrollar su actividad y cumplir sus objetivos;

b) Capacitar, formar y perfeccionar a todos los agentes de la Administración Pública Provincial en el Sistema de Gestión Documental Electrónica.

c) Incorporar el uso de nuevas tecnologías de información y comunicación (TICs), para responder con mayor celeridad las demandas de la sociedad (Gobierno Electrónico).

Que, al implementarse el Gobierno Electrónico, se accede a:

  1. a) Sistema de gestión documental y expediente electrónico:
  2. b) Sede Electrónica.
  3. c) Firma Electrónica y Digital.
  4. d) Digitalización de procesos administrativos.
  5. e) Seguridad Informática.
  6. f) Interoperabilidad.
  7. g) Compras electrónicas.

Que, resulta necesario e ineludible adherir al Decreto N° 9070-G-2019 para el uso de firma digital, y a los Planes “de Modernización” y de “Digitalización De Procedimientos Administrativos” impuestos por las Leyes Provincial N° 6016 y N° 6260, para desarrollar una plataforma horizontal que permita la creación, registro y archivo de expedientes electrónicos.

Que, con la implementación de sistemas electrónicos de gestión documental se obtendrá el fortalecimiento institucional del sector público municipal, al acelerar trámites, aumentar la transparencia, facilitar el acceso a la información y posibilitar la integración e interoperabilidad de los sistemas de información.

Que, el Decreto 9.070/2019 en su artículo 16°, las Leyes N° 6016 en su artículo11 y N° 6260en su artículo 4° invitan a los municipios a adherir y suscribir convenios de colaboración para la implementación de lo dispuesto en las mismas a los fines del fortalecimiento del Sector Público.

Que, en esta provincia el Ministerio de Planificación Estratégica y Modernización es la autoridad de aplicación, conforme a la Ley N° 5875, Decreto Acuerdo N° 4518-G/21, Decreto N° 1454-G/16, y es quien puede asesorar los procedimientos técnicos para la generación, comunicación, archivo y conservación de los documentos electrónicos, e interpretar las normas, reglamentaciones y disposiciones que surjan en el marco normativo, así como – entre otras facultades- requerir apoyo técnico que considere necesario y determinar los procedimientos.

Que, por Decreto Acuerdo N° 9630-PEyM-2023, se reglamentó el procedimiento que tramita por expediente electrónico.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 934/CD/2.024.-

ARTICULO 1º: Adhiérase el Municipio de El Carmen al Decreto N° 9070-G-2019 que aprueba el cuerpo de disposiciones que constituye el reglamento de la Ley Provincial N° 5.425 por la cual la Provincia de Jujuy adhiere a la Ley Nacional N° 25.506 de Firma Digital” y las Leyes N° 6016 (de Modernización de la Administración Pública), N° 6260 (de Digitalización De Procedimientos Administrativos”) con su decreto reglamentario N° 9360-PEyM-2023.-

ARTICULO 2º: Previa toma de razón, pase al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y demás efectos. Publíquese. Cumplido. Archívese.-

 

Horacio Federico Mancini

Presidente