BOLETIN OFICIAL Nº 132 – 22/11/2024

CONCEJO DELIBERANTE DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPTE. Nº 774-X-2024.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 8083/2024.- 

ARTICULO 1º.- Créase “LA MAGIA DEL CAFÉ: EXPERIENCIA SAN SALVADOR”, el cual se desarrollará en el Ejido Municipal.-

ARTICULO 2º.- Se entenderá como La Magia del Café: Experiencia San Salvador a la feria temática que tiene por finalidad el encuentro de cafeterías, exposición, promoción y venta de productos y servicios relacionados con el café, incluyendo actividades como catas, talleres, conferencias, concursos y demostraciones de métodos de preparación.-

ARTICULO 3º.- A los   fines  del  Artículo 2º, los  expositores  serán convocados públicamente, y quienes ofrezcan productos de café, alimentos y bebidas deberán ser manipulados y conservados adecuadamente, contando con las autorizaciones correspondientes de acuerdo a la normativa sanitaria vigente.-

ARTICULO 4º.- Temáticas y contenido de la feria que se sugiere a tener en cuenta para su desarrollo:

  1. Degustaciones y catas guiadas, para lo cual se invitará a baristas y sommeliers de café para que los visitantes experimenten diferentes variedades, orígenes y métodos de preparación.
  2. Talleres interactivos: Ofrecer talleres sobre temas como la tostación del café, la preparación con diferentes métodos (espresso, aeropress, pour-over), o incluso la creación de arte con leche (latte art).
  3. Conferencias y charlas: Incluir expertos que hablen sobre la producción de café, tendencias en el consumo, o innovación en la industria.
  4. Zona de café de especialidad: Destinar un espacio para que empresarios gastronómicos , bajo el rubro de cafeterias y confiterías habilitadas exhiban sus productos.
  5. Maridajes de café: Organizar espacios de maridaje de café con alimentos como chocolates, postres o incluso quesos y platos salados, para mostrar cómo se complementa con distintos tipos de café.
  6. Espacios de networking: Crear ambientes relajados para que los actores del sector puedan conectarse, intercambiar ideas y establecer nuevas relaciones comerciales.
  7. Concursos y exhibiciones: Realizar competencias de baristas de latte art o de cata a ciegas, para generar interacción y atraer la atención del público.
  8. Zona de venta de productores locales: Reserva un área donde los asistentes puedan comprar café directo de los productores, así como equipos de preparación y accesorios relacionados con el café.
  9. Workshops: Aprender técnicas de barismo sencillas para que el público pueda aplicar, recetas de cocina para disfrutar con café, charlas con especialistas invitados.
  10. Experiencias sensoriales: Crear espacios donde los asistentes puedan experimentar los aromas y sabores del café a través de estaciones sensoriales, lo que enriquece la experiencia.-

 

ARTICULO 5º.- Autorizase   al Departamento Ejecutivo a designar la Autoridad de Aplicación que reglamentará la presente Ordenanza.-

ARTICULO 6º.- Autorizase  al  Departamento Ejecutivo a suscribir Convenios con Instituciones especializadas en la materia a fin de dar cumplimiento a los objetivos establecidos en el Artículo 2º.-

ARTICULO 7º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias a efectos de dar cumplimiento a los objetivos establecidos en la presente Ordenanza.-

ARTICULO 8º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido, archívese.-

 

SALA DE SESIONES, miércoles 06 de noviembre   de 2024.-

 

Dr. Jorge Lisandro Aguiar

Presidente