BOLETIN OFICIAL Nº 131 – 20/11/2024

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 6427

ARTÍCULO 1.- Desaféctase del Dominio Público del Estado Provincial la superficie destinada a vereda que según Plano Nº 23594 tiene una superficie de 26,42 m2 y se individualiza como Parcela 19, el cual se encuentra ubicado en Avenida Presidente Perón Nº 650 del Barrio Coronel Arias de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano.-

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en venta a quienes resultaren propietarios colindantes, la superficie de terreno desafectada precedentemente del Dominio Público.-

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 de Noviembre de 2024.-

 

Martín Luque

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

Alberto Bernis

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-

EXPTE. Nº 200-341/2024.-

CORRESP. A LEY Nº 6427.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 NOV. 2024.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección Provincial de Inmuebles y Escribanía de Gobierno para su conocimiento. Cumplido, vuelva a Gabinete de Ministros a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR